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DECRETO N° 1566/14 (SERIE) del 08/07/2026
Boletin n°: 31.252 - Aviso n°: 274.030 - Fecha Boletín: 31/07/2026

DECRETO Nº 1.566/14 (SERIE), del 08/07/2026.- EXPEDIENTE N° 115/810-RI-2026.- VISTO, que resulta necesario autorizar a la señora Secretaria de Estado de Relaciones Internacionales y Empresariales, Lic. María Virginia Ávila, a trasladarse en misión -oficial a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el día 14 de julio del corriente año; y, CONSIDERANDO: Que, durante el día 15 de julio del corriente año, la funcionaria participará en una reunión en la Embajada de Italia a los fines de coordinar la visita del Embajador a nuestra Provincia, en el mes de agosto próximo. Que, posteriormente participará de reuniones en la Embajada de Panamá, y en la Cancillería Argentina, en el marco de negociaciones paraarancelarias con el objetivo de lograr el ingreso del limón al mencionado país centroamericano. Que el día 16 de julio, la Secretaria asistirá a la Embajada de Chile, a los fines de tratar temas de interés común, en el marco del Comité ATACALAR, en el cual ambos países forman parte. Que finalmente, el día 17 de julio, la Lic. Ávila asistirá a una audiencia en la Embajada de la Unión Europea a los fines de concretar la visita a nuestra Provincia de 10 Embajadores. Que se estima procedente el dictado del pertinente instrumento legal. Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°.- Autorizase a la señora Secretaria de Estado de Relaciones Internacionales y Empresariales, Lic. María Virginia Ávila, a trasladarse en misión oficial, vía aérea, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el día 14 de julio del corriente año, con regreso a nuestra Provincia, por la misma vía, el día 17 del mismo mes y año, conforme los considerando precedentes. ARTICULO 2°.- Autorizase a la Subdirección de Administración y Despacho de la Secretaría de Estado de Relaciones Internacionales y Empresariales, a proveer a la funcionaria, de los fondos correspondientes para viáticos y pasajes. ARTICULO 3°.- Impútese el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, a las partidas específicas con que al efecto cuenta la Unidad de Organización N° 095 - Secretaría de Estado de Relaciones Internacionales y Empresariales, del presupuesto general vigente. ARTICULO 4°.- Encárguese la atención de la Secretaría de Estado de Relaciones Internacionales y Empresariales a la Subsecretaria de Relaciones Internacionales, ARTICULO 5°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno y Justicia. ARTICULO 6°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-

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