Detalle del Aviso

RESOLUCIONES N° 2849 (IPVYDU) del 25/06/2026
Boletin n°: 31.254 - Aviso n°: 274.069 - Fecha Boletín: 04/08/2026

I.P.V. Y D.U. RESOLUCION N° 002849, del 25/06/2026. Expte. N° 11112440-2025.- VISTO, estas actuaciones relacionadas con la vivienda identificada como MANZANA E – CASA 04 del EMPRENDIMIENTO "200 VIVIENDAS E INFRAESTRUCTURA EN VILLA MARIANO MORENO"; y CONSIDERANDO: Que, la vivienda mencionada fue otorgada a los Señores LOZANO ARAOZ PABLO MARTÍN D.N.I. N° 29.430.192 y CORREA PAOLA CAROLINA D.N.I. N° 28.223.191 mediante Acta de Tenencia y Uso Provisorio Intransferible de Vivienda Única Social y Resolución de Adjudicación N° 006119/2016. Que, a fs. 01 se constata que los titulares, tras sendas intimaciones, no regularizaron la deuda que pesa sobre la unidad de referencia, monto que a fecha 05/12/2025 es de $1.742.148,60 (Pesos Un Millón Setecientos Cuarenta y Dos Mil Ciento Cuarenta y Ocho con 60/100) por lo que la falta de pago por parte de los Señores LOZANO ARAOZ/CORREA se encuadra en el incumplimiento de la Cláusula Novena del contrato suscripto, facultando al Instituto de Vivienda, por la Cláusula Undécima, a dar por resuelto el mentado contrato y exigir el inmediato desalojo de la unidad, quedando obligados los adjudicatarios a restituir el inmueble y atento a lo normado por el art. 886 del Código Civil, la mora se ha producido por el mero transcurso del tiempo sin que sea necesario interpelación previa, considerando que la modalidad de pagos es por periodos mensuales y consecutivos. Que, en consecuencia, la Falta de Pago por parte de los titulares se encuadra en el incumplimiento que habilita a rescindir el Acta de Tenencia y Uso Provisorio Intransferible de Vivienda Única Social y revocar la Resolución de Adjudicación N° 006119/2016 únicamente en lo que respecta a la adjudicación de los Señores LOZANO ARAOZ / CORREA por la causal falta de pago. Que, a fs. 16 el Departamento de Recupero de Viviendas en fecha 05/12/2025 emite Dictamen Legal en donde no se ofrecen objeciones legales para la procedencia del presente trámite. Por ello: LA INTERVENCION DEL INSTITUTO PROVINCIAL DE VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO DE TUCUMAN RESUELVE Art.1°.- RESCINDIR El Acta de Tenencia y Uso Provisorio Intransferible de Vivienda Única Social suscripta entre este Organismo y los Señores LOZANO ARAOZ PABLO MARTIN D.N.I. N° 29.430.192 y CORREA PAOLA CAROLINA D.N.I. N° 28.223.191 por la causal Falta de Pago, de la vivienda identificada como MANZANA E – CASA 04 del EMPRENDIMIENTO "200 VIVIENDAS E INFRAESTRUCTURA EN VILLA MARIANO MORENO", y por lo expuesto en los considerandos de la presente Resolución. Art.2°.- REVOCAR: la Resolución de Adjudicación N° 006119/2016 en lo que respecta a los Señores LOZANO ARAOZ PABLO MARTIN D.N.I. N° 29.430.192 y CORREA PAOLA CAROLINA D.N.I. N° 28.223.191 por la causal Falta de Pago, de la vivienda identificada como MANZANA E – CASA 04 del EMPRENDIMIENTO "200 VIVIENDAS E INFRAESTRUCTURA EN VILLA MARIANO MORENO", y por lo expuesto en los considerandos de la presente Resolución. Art.3°.- INTIMAR a los Señores LOZANO ARAOZ/CORREA y/o cualesquiera que ocupare la vivienda para que en el plazo perentorio e improrrogable de 10 (diez) días, proceda a desalojar el inmueble libre de todo objeto y ocupantes, bajo apercibimiento de iniciar las acciones legales tendientes a recuperar el mismo.- Art.4°.- AUTORIZAR a la Dirección de Área de Regularización Dominial de este Organismo, a iniciar las acciones legales pertinentes para recuperar el inmueble en caso de así corresponder.- Art.5°.- COMUNICAR a la interesada. Áreas y Departamentos de este Instituto, a los fines que a cada uno les competa. Cumplido, PASE a la Dirección del Área de Recupero y Regularización Dominial a sus efectos.

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