Detalle del Aviso

DECRETO N° 1637/3 (SH) del 21/07/2026
Boletin n°: 31.256 - Aviso n°: 274.166 - Fecha Boletín: 06/08/2026

DECRETO N° 1.637/3 (SH), del 21/07/2026. EXPEDIENTE N° 785/860-D-2026 VISTO el presente expediente mediante el cual el Ministerio de Obras, Infraestructura y Transporte Publico, solicita un incremento presupuestario, para solventar los gastos de funcionamiento hasta la finalización del ejercicio 2026, y CONSIDERANDO: Que a fin de proceder de conformidad con lo tramitado corresponde realizar una adecuación de crédito presupuestario, conforme lo dispuesto por el Artículo 5° del Decreto N° 292/3(ME)-2008, y además se debe exceptuar el crédito de las disposiciones del Artículo 1° del Decreto N° 1/3 (SH)-2026, dictando la pertinente medida administrativa. Por ello, atento a lo informado por Dirección General de Presupuesto a fs. 4, Contaduría General de la Provincia a fs. 5, la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Estado de Hacienda a fs. 6 y al Dictamen Fiscal N° 1021 del 19 de junio de 2026, adjunto a fs. 8 de estos actuados, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°.- Efectúase la siguiente adecuación presupuestaria: EXTRÁESE de la Jurisdicción 50: SAF OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO, Programa 93: Erogaciones Varias, Finalidad/Función 199, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 03: Créditos Adicionales, Financiamiento 10: Recursos Tesoro Gral. de la Provincia, las siguientes Partidas Subparciales: • 299 - Otros no especificados precedentemente la suma de $3.000.000.- • 399 - Otros no especificados precedentemente la suma de $77.000.000.- INCREMÉNTASE en la Jurisdicción 16: SAF MOITP - DIR. ADM. MIN. OBRAS. INF Y TRANSP. PUB. PROGRAMA 11 U.O. N° 539 - Min. de Obras, Infraestructura y Transporte Públ. Finalidad/Función 131 - Subprograma 00 - Proyecto 00 - Actividad 01: U.O. N° 539 - Min. Obras, Infraestructura y Transporte públ., Financiamiento 10 Recursos Tesoro General de la Provincia, las siguientes Partidas Subparciales: • 299 - Otros no especificados precedentemente, por la suma de $3.000.000. • 399 - Otros no especificados precedentemente, por la suma de $77.000.000. Todo ello del Presupuesto General 2025. Exceptuase el crédito otorgado de las restricciones establecidas en el Artículo 1° del Decreto N° 1/3 (SH)-2026. ARTICULO 2°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y Producción y firmado por el señor Secretario de Estado de Hacienda. ARTICULO 3°.- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

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