Detalle del Aviso

RESOLUCIONES N° 700 (SI.PRO.SA.) del 05/08/2026
Boletin n°: 31.258 - Aviso n°: 274.201 - Fecha Boletín: 10/08/2026

SI.PRO.SA. RESOLUCIÓN N.º 700/SPS, del 05/08/2026.. EXPEDIENTE N.º 328/423-DSM-2026. VISTO la solicitud de aprobación del nuevo Vademécum Provincial de Psicofármacos destinados a la atención de pacientes con padecimiento mental, el cual será de aplicación obligatoria en todos los efectores dependientes del Sistema Provincial de Salud de Tucumán y CONSIDERANDO que: La Dirección General de Salud Mental y Adicciones funda su requerimiento en la necesidad de actualizar y unificar criterios terapéuticos vinculados al uso de psicofármacos en el ámbito del SIPROSA, garantizando el acceso oportuno, equitativo y racional a tratamientos farmacológicos esenciales para la población de toda la provincia. Destaca que la actualización propuesta permitirá optimizar la calidad asistencial, fortalecer las políticas públicas de salud mental y asegurar la disponibilidad continua de medicamentos psicotrópicos esenciales. Se prevé que el nuevo vademécum sea implementado progresivamente en hospitales, centros asistenciales y demás efectores provinciales, quedando sujeto a futuras actualizaciones conforme a evaluaciones técnicas y disponibilidad presupuestaria. Se adjunta Vademécum Provincial de Psicofármacos. El Ministro de Salud Pública autoriza la prosecución del trámite. En cuanto al encuadre legal de pedido formulado, de conformidad a lo normado por los artículos 9.1 y 9.28 de la Ley N.° 5.652 es atribución del Presidente del Sistema Provincial de Salud promover, organizar y coordinar las acciones tendientes a prevenir, curar y rehabilitar las enfermedades psíquicas. Por ello, EL MINISTERIO DE SALUD PUBLICA EN SU CARÁCTER DE PRESIDENTE DEL SISTEMA PROVINCIAL DE SALUD RESUELVE: 1º. Aprobar el Vademécum Provincial de Psicofármacos destinados a la atención de pacientes con padecimiento mental, realizado por la Dirección General de Salud Mental y Adiciones, adjunto en autos y que como anexo forma parte del presente acto resolutivo, el cual será de aplicación obligatoria en todos los efectores dependientes del Sistema Provincial de Salud de Tucumán. 2º. Registrar, comunicar, notificar, publicar en el Boletín Oficial de la provincia y archivar.

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