Detalle del Aviso

ACUERDO N° 2805/ (TC) del 03/08/2026
Boletin n°: 31.258 - Aviso n°: 274.222 - Fecha Boletín: 10/08/2026

TRIBUNAL DE CUENTAS. ACUERDO N° 2805, del 03/08/2026. VISTO: El Expediente N° 3136-270-RCCR-2025, en el que por Acuerdo N° 5544 de fecha 04 de Diciembre de 2025 (fs. 21/22) se dispuso iniciar un Juicio de Cuentas a los Sres. BRANDAN, SANDRA ELIZABETH, DNI Nº 30.298.773 y MOCOROA, PABLO ALEJANDRO, DNI N° 30.442.812 quienes se desempeñaron como Comisionado Comunal y Secretarios Habilitados de la Comuna Rural de LOS RALOS respectivamente, en el periodo observado, por la falta de regularización del Comprobante de Observación Nº 2713 (1º BIM/24), por $82.149.262,97; y CONSIDERANDO: Que a fs. 23/24 obran las notificaciones del Acuerdo N° 5544/25, legalmente diligenciadas. Ya en el marco del Juicio de Cuentas, a fs. 26 y 27, la instrucción dispone citar a los responsables, a tomar intervención y constituir domicilio de ley, bajo apercibimiento de rebeldía, estando debidamente notificados, no se presentan los imputados BRANDAN y MOCOROA. A fs. 37 obra Dictamen Nº 1736/26 de Asesoría Jurídica. Encontrándose vencido el plazo que acuerda la ley, ante la incomparecencia de los Sres. BRANDAN, SANDRA ELIZABETH y MOCOROA, PABLO ALEJANDRO, habiendo sido fehacientemente notificados del juicio de marras y de su obligación de comparecer a estar a derecho, en resguardo del debido proceso legal y la defensa en Juicio, atento el estado de la causa, corresponde declarar la Rebeldía de los mismos, a tenor de lo prescripto por el Art. 183 de la Ley 6970 de Administración Financiera. Por ello, EL TRIBUNAL DE CUENTAS ACUERDA ARTICULO 1°: DECLARAR LA REBELDIA de los Sres. los Sres. BRANDAN, SANDRA ELIZABETH, DNI Nº 30.298.773 y MOCOROA, PABLO ALEJANDRO, DNI N° 30.442.812 Comisionada Comunal y Secretario Habilitado, de la Comuna Rural de LOS RALOS en el periodo respectivo, en el Juicio de Cuentas dispuesto por Acuerdo N° 5544 de fecha 04 de Diciembre de 2025, conforme lo expuesto en los considerandos que anteceden. ARTICULO 2°: Publíquese en el Boletín Oficial por un (1) día, agréguese, y vuelva a la instrucción. ARTICULO 3º: Comuníquese y oportunamente archívese.

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