Detalle del Aviso
DECRETO N° 1725/3 (SH) del 30/07/2026
DECRETO N° 1.725/3 (SH), del 30/07/2026.- EXPEDIENTE N° 4878/326-D-2026.- VISTO el presente expediente mediante el cual la Dirección Provincial de Vialidad solicita la provisión de fondos, por la suma de $ 18.160.954,56: y CONSIDERANDO: Que lo gestionado es a efectos de atender el pago de horas adicionales realizadas por el personal del Destacamento de Policía Adicional de la Dirección Provincial de Vialidad en el Edificio Central y Campamentos de Conservación durante el mes de mayo de 2026, Que a fs. 10/11 se adjuntan las Resoluciones N° 884 y N° 885 emitidas el 05/06/2026, por el organismo recurrente, mediante las cuales se aprueba las liquidaciones efectuadas por la Dirección General de Policía Adicional, conforme a las facturas C N° 00003-00035580 y N° 00003-00035578, adjuntas a fs. 2 y 6, respectivamente. Que en consecuencia, corresponde dictar la medida administrativa tendiente a autorizar a la Dirección de Administración del Ministerio de Economía y Producción a emitir la respectiva orden de pago, teniendo en cuenta lo informado por la Contaduría General de la Provincia a fs. 12 y la Dirección General de Presupuesto a fs. 13. Por ello, atento al pronunciamiento legal de la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Estado de Hacienda a fs. 14 y al Dictamen Fiscal N° 957 del 10 de junio de 2026 a fs. 16 de estos actuados, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°.- Otórgase a la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD un Aporte Financiero No Reintegrable por la suma total de PESOS DIECIOCHO MILLONES CIENTO SESENTA MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON CINCUENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 18.160.954,56), para atender el pago de horas adicionales en el Edificio Central y Campamentos de Conservación durante el mes de MAYO de 2026, realizadas por el personal del Destacamento de Policía Adicional de la Dirección Provincial de Vialidad. ARTICULO 2°.- Autorízase a la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCIÓN, a emitir la correspondiente orden de pago, por la suma y el concepto citados en el artículo precedente, e imputar lo dispuesto a la Jurisdicción 50: SAF Obligaciones a Cargo del Tesoro, Programa 97: Transferencias a Organismos Descentralizados y Autarq. Consolidan, Finalidad/Función 199, Subprograma 00, Proyecto 00, Act./Obra 01: Transferencias Figurativas a Dir. Prov. Vialidad, Partida Subparcial 922: Contribuciones a Inst. Desc. y Autárquicos que Consolidan, Financiamiento 10: Recursos Tesoro General de la Provincia, del Presupuesto General 2026. ARTICULO 3°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y Producción, y firmado por el señor Secretario de Estado de Hacienda. ARTICULO 4°.- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-