Detalle del Aviso
DECRETO N° 1721/3 (SH) del 30/07/2026
DECRETO N° 1.721/3 (SH), del 30/07/2026.- EXPEDIENTE N° 6011/326-D-2026.- VISTO el presente expediente mediante el cual la Dirección Provincial de Vialidad solicita la provisión de fondos, por la suma de $ 17.967.342,40; y CONSIDERANDO: Que lo gestionado es a efectos de atender el pago de horas adicionales realizadas por el personal del Destacamento de Policía Adicional de la Dirección Provincial de Vialidad en el predio de los campamentos de conservación ubicados en Alta Gracia y San Pablo, y en el edificio de Casa Central, durante junio de 2026. Que a fs. 10/11 se adjuntan las Resoluciones N° 1061 y N° 1062 emitidas el 6/07/2026, por el organismo recurrente, mediante las cuales se aprueban las liquidaciones efectuadas por la Dirección General de Policía Adicional, conforme a las Facturas C 0003-00035927 y C 00003-00035928, adjuntas a fs. 6 y 2. Que en consecuencia, corresponde dictar la medida administrativa tendiente a autorizar a la Dirección de Administración del Ministerio de Economía y Producción a emitir la respectiva orden de pago, teniendo en cuenta lo informado por la contaduría General de la Provincia a fs. 12 y la Dirección General de Presupuesto a fs. 13. Por ello, atento al pronunciamiento legal de la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Estado de Hacienda a fs. 14 y al Dictamen Fiscal N° 1156 del 14 de julio de 2026 a fs. 16 de estos actuados, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°.- Otórgase a la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD un Aporte Financiero No Reintegrable por la suma total de PESOS DIECISIETE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS CON CUARENTA CENTAVOS ($17.967.342,40), para atender el pago de horas adicionales en el Campamentos de Conservación de Alta Gracia y San Pablo y en el Edificio de Casa Central, durante el mes de JUNIO de 2026, realizadas por el personal del Destacamento de Policía Adicional de la Dirección Provincial de Vialidad. ARTICULO 2°.- Autorízase a la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACION DEL MINISTERIO DE ECONOMIA y PRODUCCIÓN, a emitir la correspondiente orden de pago, por la suma y el concepto citados en el artículo precedente, e imputar lo dispuesto a la Jurisdicción 50: SAF Obligaciones a Cargo del Tesoro, Programa 97: Transfencias a Organismos Descentralizados y Autarq. Consolidan, Finalidad/Función 199, Subprograma 00, Proyecto 00, Act/Obra 01: Transferencias Figurativas a Dir. Prov. Vialidad, Partida Subparcial 922: Contribuciones a Inst. Desc. y Autárquicos que Consolidan, Financiamiento 10: Recurso Tesoro General de la Provincia, del Presupuesto General 2026. ARTICULO 3°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y Producción, y firmado por el señor Secretario de Estado de Hacienda. ARTICULO 4°.- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-