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RESOLUCIONES N° 2997 (IPVYDU) del 01/07/2026
IPVyDU. RESOLUCION Nº 002997, del 01/07/2026. Expte. Nº 3892/440-2026. VISTO, estas actuaciones relacionadas con la vivienda identificada como MANZANA M - CASA 27 del Plan "470 VIVIENDAS E INFRAESTRUCTURA EN SAN ANDRÉS" y; CONSIDERANDO: Que, la vivienda mencionada fue otorgada a los MEDINA MARIO MARCELO D.N.I. N° 27.662.349 y TRESO FABIANA DEL VALLE D.N.I. N° 39.730.871 mediante Acta de Tenencia Precaria y Resolución de Adjudicación N° 01920/2013. Que, a fs. 01 se constata que los titulares, tras sendas intimaciones, no regularizaron la deuda que pesa sobre la unidad de referencia, monto que a fecha 23/06/26 es de $ 477.590,20 (Pesos Cuatrocientos Setenta y Siete Mil Quinientos Noventa con 20/100) por lo que se ha configurado un claro incumplimiento a la obligación inherente a la adjudicación de unidades habitacionales, la cual es el pago de las cuotas de amortización y, atento a lo normado por el art. 886 del Código Civil, la mora se ha producido por el mero transcurso del tiempo sin que sea necesario interpelación previa, considerando que la modalidad de pagos es por periodos mensuales y consecutivos. Que, en consecuencia, la Falta de Pago por parte de los titulares se encuadra en el incumplimiento que habilita a rescindir el Acta de Tenencia Precaria y revocar la Resolución de Adjudicación N° 01920/2013 únicamente en lo que respecta a la adjudicación de los Señores MEDINA/TRESO por la causal falta de pago. Que, a fs. 15 el Departamento de Recupero de Viviendas en fecha 23/06/26 emite Dictamen Legal en donde no se ofrecen objeciones legales para la procedencia del presente trámite. Por ello: LA INTERVENCION DEL INSTITUTO PROVINCIAL DE VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO DE TUCUMAN RESUELVE Art.1°.-RESCINDIR El Acta de Tenencia Precaria suscripta entre este Organismo y los Señores MEDINA MARIO MARCELO D.N.I. N° 27.662.349 y TRESO FABIANA DEL VALLE D.N.I. N° 39.730.871 por la causal Falta de Pago, de la vivienda identificada como MANZANA M - CASA 27 del PLAN "470 VIVIENDAS E INFRAESTRUCTURA EN SAN ANDRES", y por lo expuesto en los considerandos de la presente Resolución.- Art.2°.-REVOCAR: la Resolución de Adjudicación N° 01920/2013 en lo que respecta a los Señores MEDINA MARIO MARCELO D.N.I. N° 27.662.849 y TRESO FABIANA DEL VALLE D.NI. N° 39.730.871 por la causal Falta de Pago, de la vivienda identificada como MANZANA M - CASA 08 del PLAN "470 VIVIENDAS E INFRAESTRUCTURA EN SAN ANDRES", y por lo expuesto en los considerandos de la presente Resolución.- Art.3°.-INTIMAR a los Señores MEDINA/TRESO y/o cualesquiera que ocupare la vivienda para que en el plazo perentorio e improrrogable de 10 (diez) días, proceda a desalojar el inmueble libre de todo objeto y ocupantes, bajo apercibimiento de iniciar las acciones legales tendientes a recuperar el mismo.- Art.4°.-AUTORIZAR a la Dirección de Área de Regularización Dominial de este Organismo, a iniciar las acciones legales pertinentes para recuperar el inmueble en caso de así corresponder.- Art.5°.-COMUNICAR a los interesados. Áreas y Departamentos de este Instituto, a los fines que a cada uno les competa. Cumplido, PASE a la Dirección del Área de Recupero y Regularización Dominial a sus efectos.-