Detalle del Aviso

DECRETO N° 1739/5 (MED) del 30/07/2026
Boletin n°: 31.261 - Aviso n°: 274.317 - Fecha Boletín: 13/08/2026

DECRETO N° 1.739/5 (MEd), del 30/07/2026. EXPEDIENTE N° 001680/230-L-25.- VISTO las presentes actuaciones por las cuales la señora Karina Mabel Lizárraga, Personal Administrativo dependiente del Ministerio de Educación, solicita licencia por razones particulares, y CONSIDERANDO: Que, a fojas 01, obra nota suscripta por la señora Lizárraga, por la cual solicita licencia por razones particulares, prevista en el artículo 42° inciso F) del Decreto N° 646/1-1983, modificado por Decreto N° 3.147/1-2013 Y Decreto N° 3.159/1- 2013, a partir del 05/03/2025 y hasta el 28/03/2025. Que, a fojas 03/05, la Dirección de Personal del organismo, acompaña foja de servicios de la requirente, de la cual surge que revista en categoría 21, planta permanente y carácter titular, desempeñándose en la Dirección de Novedades Salariales. Que, a fojas 06, la Dirección de Novedades Salariales del área indica que los haberes de la solicitante, correspondientes a marzo/2025, fueron bloqueados y que se procedió a la reliquidación de los días adeudados con las novedades de mayo/2025. Que, a fojas 09, la Dirección de Asuntos Jurídicos del área emite dictamen favorable. Que, a fojas 11, la Dirección General de Recursos Humanos informa que lo solicitado se encuentra contemplado en el artículo 27° inciso 8 de la Ley N° 5.473 y en el artículo 42° inciso F) del Decreto N° 646/1-83. Asimismo, expresa que la señora Lizárraga cumple con los requisitos exigidos por el citado marco normativo, ya que se trata de una agente de planta permanente que goza de estabilidad y el período solicitado se ajusta a las disposiciones legales. Que, el artículo 27° de la Ley N° 5.473 en su inciso 8 establece que el agente podrá gozar de licencias por razones particulares, con los alcances, condiciones y plazos que determine la reglamentación. Que, por su parte, el artículo 42° del Decreto Reglamentario N° 646/1- 1983, modificado por Decreto N° 3.147/1-2013 y Decreto N° 3.159/1-2013, dispone que el agente que cuente con estabilidad tendrá derecho a licencias, en los casos que enumera, entre ellos: " ... inciso F) Por razones particulares: Por cualquier otra causal que a criterio del Poder Ejecutivo corresponda otorgarla. En este supuesto el término máximo de la licencia será de tres (3) meses continuos o discontinuos por año calendario, sin goce de haberes". Que, debe tenerse presente que, si bien el agente tiene derecho a solicitar esta licencia -por razones particulares-, su concesión no opera automáticamente. En efecto, debe ser solicitada con suficiente antelación para su debida tramitación y su autorización debe ser decidida por la autoridad competente (Poder Ejecutivo) mediante el acto administrativo pertinente (decreto), en ejercicio de sus facultades discrecionales, previa verificación del cumplimiento de las exigencias establecidas por la norma. Por ello, y atento con lo dictaminado por Fiscalía de Estado a fojas 13/14 (Dictamen Fiscal N° 70/2026), EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°.- Téngase por otorgada la licencia por razones particulares, prevista en el artículo 42° inciso F) del Decreto N° 646/1-1983, modificado por Decreto N° 3.147/1-2013 y Decreto N° 3.159/1-2013, solicitada por la señora Karina Mabel Lizárraga -D.N.I. N° 27.976.218-, Personal Administrativo, categoría 21, carácter titular, dependiente del Ministerio de Educación, a partir del 05/03/2025 y hasta el 28/03/2025, en razón de lo expuesto en los considerandos precedentes. ARTICULO 2°.- Téngase por justificadas las inasistencias, sin goce de haberes, incurridas por la señora Karina Mabel Lizárraga -D.N.I. N° 27.976.218-, durante el periodo de la licencia otorgada por el artículo precedente. ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra de Educación y firmado por el señor Secretario de Estado de Gestión Administrativa. ARTICULO 4º.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

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