DECRETO N° 1877/4 (SEPISA) del 11/08/2026
Boletin n°: 31.270 - Aviso n°: 274.500 - Fecha Boletín: 27/08/2026

DECRETO Nº 1.877/4 (SEPISA), del 11/08/2026.- VISTO que el señor Secretario de Estado de Políticas Integrales sobre Adicciones del Ministerio de Desarrollo Social, Lic. lucas Haurigot Posse debe trasladarse en Misión Oficial, vía terrestre, a la Ciudad de San Salvador de Jujuy, el día 12 de agosto de 2026, regresando por la misma vía el día 13 de agosto de igual mes y año; y CONSIDERANDO: Que el objetivo de la presente misión es participar de la Reunión Ordinaria del Consejo Federal de Drogas (COFEDRO) de la Region NOA 2026, la cual se desarrollará de manera presencial el día 13 de agosto de 2026 a las 9:00 hs a 17 hs, en salón a confirmar-. Que en consecuencia, se estima del caso dictar la medida administrativa pertinente, como así también designar a la persona que se le encargará la atención de la Secretaría de Estado de Políticas sobre Adicciones del Ministerio de Desarrollo Social, mientras dure la ausencia de su titular. Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°.- Autorizase al señor Secretario de Estado de Políticas Integrales sobre Adicciones del Ministerio de Desarrollo Social, Lic. lucas Haurigot Posse, DNI Nº 28.884.640 a trasladarse en Misión Oficial, vía terrestre, a la Ciudad de San Salvador de Jujuy, el día 12 de agosto de 2026, regresando por la misma vía el día 13 de igual mes y año. ARTICULO 2°.- Impútese los gastos que demande la presente Misión Oficial, a las partidas, presupuestarias especificas con que cuenta para tal fin la U.O. N° 170 - Secretaría de Estado; de Políticas Integrales sobre Adicciones, del Presupuesto General en vigencia. ARTICULO 3°.- Encárguese la cartera de la Secretaría de Estado de Políticas Integrales sobre Adicciones, a la señora Secretaria de Estado de Niñez, Adolescencia y Familia, mientras dure la ausencia de su titular. ARTICULO 4°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Social. ARTICULO 5°.- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-

Volver