CAMPOS LA PERLA S.R.L
POR 1 DÍA - RAZON SOCIAL: "CAMPOS LA PERLA S.R.L." (MODIFICACIÓN). Se hace saber que se encuentra en trámite la inscripción del instrumento de fecha 24/07/26 mediante el cual la socia de Campos la Perla S.R.L., PERLA RAMOS, D.N.I. N° 4.489.991, argentina, de estado civil viuda, de profesión docente, con domicilio en calle Fray Mamerto Esquiú N° 881, San Miguel de Tucumán, Tucumán, vende, cede y transfiere la totalidad de sus cuotas sociales de la siguiente manera: a) Doce (12) cuotas sociales a favor de la Sra. STELLA MARIS CÓRDOBA, D.N.I. N° 20.284.864, argentina, de estado civil casada, Contadora Pública Nacional, con domicilio en Av. Salta N° 584, piso 6, San Miguel de Tucumán, Tucumán; b) Doscientas noventa y cuatro (294) cuotas sociales a favor del Sr. HÉCTOR HERNÁN ROJAS, D.N.I. N° 22.073.093, CUIL N° 20-22073093-0, nacido en fecha 24/02/1971, de estado civil casado, de profesión Agricultor, con domicilio en calle Pedro de Villalba N° 1035, Yerba Buena, Tucumán. Los socios resuelven modificar la Cláusula Quinta del Contrato Social, la que quedará redactada de la siguiente manera: QUINTА: Capital Socia: El capital social se fija en la suma de pesos sesenta mil ($60.000), dividido en seiscientas (600) cuotas de pesos Cien ($100) cada una de ellas totalmente suscritas e integradas por los socios en las siguientes proporciones: La Sra. Stella Maris Córdoba suscribe la cantidad de Trescientas Seis (306) cuotas de capital totalizando la suma de pesos Treinta y Mil Seiscientos ($30.600); El Sr. Héctor Hernán Rojas suscribe la cantidad de Doscientas noventa y cuatro (294) cuotas de capital totalizando la suma de pesos veintinueve mil cuatrocientos (S 29.400). Cuando el giro comercial de la sociedad lo requiera podrá aumentarse el capital indicado en los párrafos precedentes por el voto unánime del capital. Como consecuencia de la cesión de cuotas de la renuncia aceptada de la Sra. PERLA RAMOS al cargo de socia gerente, los socios STELLA MARIS CÓRDOBA y HÉCTOR HERNÁN ROJAS, dejan constancia de que la Sra. STELLA MARIS CÓRDOBA continúa ejerciendo el cargo de socia gerente de la sociedad, los socios resuelven modificar la Cláusula Sexta del Contrato Social, que quedará redactada de la siguiente manera: SEXTA: Administración y Representación: La administración, representación legal y uso de la firma social estarán a cargo de la socia gerente STELLA MARIS CÓRDOBA, D.N.I. N° 20.284.864, quien ejercerá el cargo por tiempo indeterminado, hasta tanto una resolución de socios disponga su reemplazo o modificación. Los gerentes tendrán el uso de la firma social, que en todos los casos deberá estar acompañada por el sello de la sociedad, y con la única limitación de no comprometerla en operaciones ajenas al giro social, ni en fianzas, avales o garantías de cualquier índole a favor de terceros. En tal carácter tienen todas las facultades para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto social, inclusive los previstos en el art. 375 del Código Civil y Comercial de la Nación y art. 9 del Decreto Ley 5965/63. A estos fines podrán comprar, gravar y locar toda clase de bienes muebles e inmuebles, efectuar todas las operaciones que por carta orgánica y reglamentación otorguen los bancos de esta provincia y/o del país, sin limitaciones de ninguna naturaleza, o cualquier entidad bancaria Oficial o privada. Asimismo, podrá realizar operaciones y/o contrataciones con entidades autárquicas, empresas del Estado, Obras Sociales o particulares y/o personas jurídicas. En caso de ser necesario se podrá autorizar la firma de un socio no Gerente en forma conjunta con esta o empresas del Estado. Los socios resuelven modificar la Cláusula Segunda del Contrato Social, la que en adelante quedará redactada de la siguiente manera: SEGUNDA: Duración: El término de duración de la sociedad se establece en cuarenta (40) años contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público de Comercio. El presente plazo podrá renovarse con el acuerdo unánime de los socios y su correspondiente Inscripción en el mencionado registro; renunciando expresamente los socios a solicitar su disolución anticipada. San Miguel de Tucumán, 25 de agosto de 2026. E y V 28/08/2026. $16.800. Aviso N° 274.421.