DECRETO N° 1838/3 (SH) del 10/08/2026
DECRETO N° 1.838/3 (SH), del 10/08/2026. EXPEDIENTE N° 15999/230-S-2026. VISTO el presente expediente mediante el cual el Ministerio de Educación gestiona, para el Presupuesto General 2026, un incremento presupuestario en las Partidas Principales 200 "Bienes de Consumo" y 300 "Servicios no personales", y CONSIDERANDO: Que lo tramitado es a efecto de contar con fondos suficientes para afrontar gastos estimados por el Ministerio de Educación hasta el 30 de setiembre del corriente año. Que teniendo en cuenta las disposiciones del Artículo 5° del Decreto N° 292/3 (ME) del 5 de febrero de 2008, corresponde efectuar la respectiva adecuación de créditos presupuestarios. Que, además, resulta necesario exceptuar el incremento de la restricción contenida en el Artículo 1° del Decreto N° 1/3(SH)-2026, el cual pone a disposición de cada Servicio Administrativo los créditos de las partidas del Presupuesto General 2026 -Ley N° 9942-, con excepción de los correspondientes a las Partidas Principales 200 -Bienes de Consumo-, 300 -Servicios No Personales- y 500 -Transferencias-, pudiendo de las dos primeras sólo disponer de una cuota compromiso del 21 % trimestral de la sumatoria de los créditos presupuestarios asignados a dicha partida. Que resulta menester dictar el instrumento legal pertinente teniendo en cuenta lo informado por Dirección General de Presupuesto a foja 8 y Contaduría General de la Provincia a foja 9. Por ello, y atento al Dictamen Fiscal N° 1236 del 29 de julio de 2026, obrante a fojas 11/12 de estos actuados, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°.- Efectúase la siguiente adecuación de créditos presupuestarios: . Extráese de la Jurisdicción 50: SAF Obligaciones a cargo del Tesoro, Programa 93: Erogaciones varias, Finalidad/Función 199, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 03: Créditos adicionales, Financiamiento 10: Recursos Tesoro General de la Provincia: -Partida Subparcial 299: Otros no especificados precedentemente $120.000.000.- -Partida Subparcial 399: Otros no especificados precedentemente $1.000.000.000.- . Increméntase en la Jurisdicción 36: SAF MED - SECRETARIA DE EST. DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA MIN. EDUCACIÓN, Programa 11: U.O. N° 329 - Ministerio de Educación, Finalidad/Función 347, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad/Obra 01: U.O. N° 329 - Ministerio de Educación, Financiamiento 10: Recursos Tesoro General de la Provincia: -Partida Subparcial 299: Otros no especificados precedentemente $120.000.000.- -Partida Subparcial 399: Otros no especificados precedentemente $1.000.000.000.- Todo ello del Presupuesto General 2026, quedando exceptuado el crédito otorgado de las restricciones del Articulo 1° del Decreto N° 1/3(SH)-2026, en lo referente a la Partidas Principales 200 -Bienes de Consumo- y 300 -Servicios no personales- ARTICULO 2°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y Producción, y firmado por el señor Secretario de Estado de Hacienda. ARTICULO 3°.- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.