RESOLUCIONES N° 19 (MPyD) del 26/08/2026
Boletin n°: 31.271 - Aviso n°: 274.533 - Fecha Boletín: 28/08/2026

MINISTERIO PUPILAR Y DE LA DEFENSA. RESOLUCIÓN Nº 19-2026, del 26/08/2026. VISTO: La Ley N° 9.185, por la cual, se creó el Centro Judicial Este, con asiento en la ciudad de Banda del Río Salí, y CONSIDERANDO: Que, el Ministerio Pupilar y de la Defensa desarrolla sus funciones con independencia y autonomía funcional, administrativa y financiera, según lo establecido en los artículos 168 y siguientes de la Ley N° 6.238. En ese marco institucional, la actuación de este Ministerio se sustenta en principios internacionales de protección de derechos humanos, orientados a brindar un diligenciamiento preferencial a personas en situación de vulnerabilidad, con especial énfasis en niñas, niños, adolescentes y personas con capacidad restringida. Específicamente, en el ámbito de la niñez y adolescencia, debe considerarse la reciente promulgación de la Ley N° 27.801, que establece el nuevo Régimen Penal Juvenil. Dicha norma exige la presencia de operadores judiciales especializados para asegurar un funcionamiento eficiente del sistema ante la complejidad de los nuevos procesos penales juveniles. En este sentido, la operatividad de nuevas dependencias especializadas es un imperativo para dar respuesta a la creciente demanda de intervención en el Centro Judicial Este. Ante ello, la puesta en funcionamiento de la Defensoría de Niñez, Adolescencia y Capacidad Restringida de la II Nominación del Centro Judicial Este resulta, una medida indispensable para optimizar la gestión de los recursos y garantizar la excelencia en el servicio de justicia. Por lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica del Poder Judicial N° 6.238 (texto consolidado), EL MINISTRO PUPILAR Y DE LA DEFENSA RESUELVE: I. PONER EN FUNCIONAMIENTO la Defensoría de Niñez, Adolescencia y Capacidad Restringida de la II Nominación del Centro Judicial Este, a partir del día 1 de septiembre de 2026. II. ESTABLECER que por resolución de la Secretaría de Superintendencia se determinará el personal que prestará servicios en la referida unidad. III. NOTIFICAR a las Secretarías de Superintendencia, Institucional y Administrativa a fin de coordinar los recursos de personal, materiales y tecnológicos necesarios. IV. DISPONER que el procedimiento de asignación de procesos, se efectuará mediante el dictado de la resolución respectiva. V. NOTIFICAR a la Excma. Corte Suprema de Justicia y al Ministerio Público Fiscal. VI. PUBLICAR la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia por el término de un día. VII. PROTOCOLIZAR y ARCHIVAR.

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