DECRETO N° 1785/7 (SES) del 04/08/2026
DECRETO N° 1.785/7 (SES), del 04/08/2026.- EXPEDIENTE N° 3295/208-ADM-2026.- VISTO, que se hace necesario autorizar a las empleadas del Departamento General de Policía, Cabo 1° Martínez Andrea Carolina y Personal Transitorio Policial González Geraldine María Luz, a trasladarse en misión oficial, vía terrestre, a la provincia de Córdoba, el día 09 de agosto de 2026, con regreso el día 14 de agosto del mismo año; y CONSIDERANDO: Que la misión oficial tiene por objeto que las citadas empleadas participen en el "1° Curso Nacional de Operador de Escopeta de uso Policial", organizado por la División Escuela de Tiro de la Policía de la Provincia de Córdoba, que tendrá lugar en las instalaciones de la Dirección de Entrenamiento Policial Permanente y en Predio de Tiro Federal Córdoba, los días 10 al 13 de agosto de 2026. Que a fs. 35 la Dirección de Administración de la repartición informa que el cursado es de carácter interno, por lo que la organización anfitriona proveerá alojamiento durante el cursado, correspondiendo reconocer los gastos de pasajes y 50% de los viáticos, para el cumplimiento de la presente misión oficial. Que a efectos de cumplimentar con la aludida misión oficial, se estima procedente el dictado del pertinente instrumento legal. Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°.- Autorizase a las empleadas del Departamento General de Policía, Cabo 1° Martínez Andrea Carolina, DNI N° 36.712.756, y Personal Transitorio Policial González Geraldine María Luz, DNI N° 42.500.805, a trasladarse en misión oficial, vía terrestre, a la provincia de Córdoba, el día 09 de agosto de 2026, con regreso el día 14 de agosto del mismo año, en atención a lo señalado precedentemente. ARTICULO 2°.- Facúltase a la Dirección de Administración del Departamento General de Policía a proveer a las citadas empleadas los fondos correspondientes para gastos de pasajes vía terrestre (Tucumán- Córdoba - Tucumán) y 50% de los viáticos. ARTICULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 1° del presente Decreto, en concepto de pasajes y 50% de los viáticos, será imputado a las partidas presupuestarias específicas con que al efecto cuenta la Unidad de Organización N° 250 (Departamento General de Policía), del Presupuesto General 2026. ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad. ARTICULO 5°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-