DECRETO N° 1883/3 (SH) del 11/08/2026
DECRETO N° 1.883/3 (SH), del 11/08/2026. EXPEDIENTE N° 28495/217-2026 VISTO el presente expediente mediante el cual la Dirección de Registro Inmobiliario solicita una ampliación de crédito presupuestario en el Programa 33 - CE Nº 280.1 - Ley Convenio - Registro Inmobiliario, de la Jurisdicción 18 -SAF MEP DIR. ADM. MIN. DE ECONOMIA y PROD. en el Recurso 12963 - Ley Convenio - Registro Inmobiliario, por la suma de $120.300.000.-, Y CONSIDERANDO: Que lo tramitado se encuentra contemplado en las disposiciones del Artículo 13° inciso a) de la Ley N° 9942 -Presupuesto General 2026- faculta al Poder Ejecutivo, previa comunicación a la Honorable Legislatura, a Incrementar el Presupuesto General para incorporar las partidas de recursos y/o financiamiento y sus respectivas erogaciones en los Organismos Centralizados, Descentralizados y Autárquicos que consolidan, en los detallados en el Articulo 6° de dicha ley y en el Plan de Trabajos Públicos, cuando se produjeran incrementos de los recursos y/o financiamiento estimados en la norma, se generen nuevos recursos o surjan nuevas fuentes de financiamiento no previstas en ella. Por ello, atento a lo informado por Dirección General de Presupuesto a foja 43, Contaduria General de la Provincia a foja 44, Dirección de Asuntos Juridicos de la Secretaria de Estado de Hacienda a foja 45 y al Dictamen Fiscal N° 1305 del 5 de agosto de 2026, adjunto a fs. 47 de estos actuados, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°.- Efectuase la siguiente adecuación presupuestaria: Increméntase el Presupuesto General 2026, en la Jurisdicción 18 - SAF MEP DIR. ADM. MINISTERIO DE ECONOMIA y PROD., Programa 33 - CE Nº 280.1 - Ley Convenio Registro Inmobiliario, Finalidad/Función 160, Subprograma 00, Proyecto 30: Obras Varias, Act/Obra 91 Nuevo Edificio Registro Inmobiliario: Incrementando el Recurso 12963 - Ley Convenio - Registro Inmobiliario, por la suma de PESOS CIENTO VEINTE MILLONES TRESCIENTOS MIL- ($120.300.000.-), y la Partida Subparcial 421: Construcciones en Bienes de Dominio Privado, por la suma de PESOS CIENTO VEINTE MILLONES TRESCIENTOS MIL ($120.300.000.-). ARTICULO 2°.- Comuníquese el presente decreto a la Honorable Legislatura de la Provincia, en cumplimiento de lo dispuesto por el Articulo 13° inciso a) de la Ley N° 9942 -Presupuesto General 2026. ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Economía y Producción y firmado por el señor Secretario de Estado de Hacienda. ARTICULO 4°.- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.