DECRETO N° 1865/14 (SGyRI) del 10/08/2026
Boletin n°: 31.273 - Aviso n°: 274.582 - Fecha Boletín: 01/09/2026

DECRETO N° 1.865/14 (SGyRI), del 10/08/2026. EXPEDIENTE N° 3856/218-R-2026.- VISTO estas actuaciones, por las cuales la Dirección del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, gestiona la contratación en forma directa de la locación de un inmueble en esta ciudad, para el funcionamiento del Centro de Documentación Rápida de esa Repartición; y CONSIDERANDO: Que a fs. 01/02, la Sra. Directora de esa repartición solicita renovación de la locación del inmueble ubicado en calle Crisóstomo Álvarez N° 970 de esta ciudad, por un plazo de 36 meses, donde funciona el Centro de Documentación Rápida, fundamentando la solicitud en que el contrato de locación del inmueble vence el 31 de Agosto del corriente año y el inmueble de 413 metros cuadrados, fue acondicionado especialmente con divisiones, mobiliarios a medida, instalaciones eléctricas y redes adecuadas para los sistemas informáticos con los que opera la repartición para la correcta prestación del servicio. Resultando dificultoso encontrar un inmueble con dichas características en lo relativo al tamaño, funcionalidad y ubicación en el radio de influencia comprendido entre las calle San Lorenzo, Córdoba, Avenida Avellaneda y Bernabé Araoz, siendo uno de los puntos estratégicos de atención a la comunidad. Que atento a la necesidad de que el Centro de Documentación Rápida continúe funcionando, se debe resolver en forma urgente la renovación del contrato de alquiler del inmueble, encuadrando lo requerido en las causales de excepción previstas en el inciso:. 7 del artículo 59 de la Ley de Administración Financiera. Que a 03/05, se agregan presupuestos presentados por las firmas Fideicomisos Altos Lamadrid; Fideicomiso Victoria y Fideicomiso ALFA Administradora General de Fideicomisos S.R.L. Que a fs. 06/07 glosa informe de dominio del inmueble perteneciente al Fideicomiso ALFA Administradora General de Fideicomisos S.R.L., emitido por el Registro Inmobiliario de la Provincia de la propiedad ubicada en calle Crisóstomo Álvarez N° 970 (Padrón N° 8.028). Que a fs. 09, la Comisión de Tasaciones de la Secretaria de Estado de Obras Públicas informa que el valor mensual propuesto a fs. 05 por la firma oferente se encuentra acorde a los valores del mercado. Que a fs. 13, obra informe de la Dirección de Comercio Interior, en donde se establece positivamente qué no existen inmuebles de similares características en la zona de influencia de la propiedad mencionada, resultando más conveniente mantener el mismo locador, evitando así nuevos gastos locativos, como se encuentra previsto en el Decreto Acuerdo N° 22-1/09. Que a fs. 15/24 se agrega copia fiel del original de la documentación 1 social de la firma oferente. Que a fs. 28/33, se adjuntan Constancia de Inscripción ante ARCA, DGR, DIM, Constancia de Validez Certificado de Cumplimiento Fiscal y datos de la cuenta bancaria en el Banco Macro S.A. del Fideicomiso ALFA. Que a fs. 34, la Dirección de Administración del Ministerio Gobierno y Justicia agrega informe de su competencia. Que a fs. 35/36, obra informe de Contaduría General de la Provincia. Que a fs. 37 se adjunta consulta de deuda del impuesto inmobiliario emitido por la DGR, dando como resultado que no registra deuda al 12/06/2026. Que fs. 38/39, se acompaña nuevo modelo de Contrato de Locación a suscribir. Que a fs. 44/45, se adjuntan nota de la Administradora General de Fideicomiso S.R.L., en carácter de fiduciario de Fideicomiso ALFA, prestando, conformidad con el modelo de contrato de locación a suscribir y Declaración Jurada, donde constituye domicilio especial, renuncia al fuero federal y se somete a los tribunales ordinarios de la provincia. Que a fs. 55, la Subsecretaria de Gobierno a cargo de la Secretaria de Estado de Gobierno y Relaciones Institudonales justifica y acredita lo solicitado por la Directora del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas con conformidad del Ministro, encuadrando el presente trámite en el inc. 70 del art 59 de la Ley de Administración Financiera. Por ello; de conformidad al informe de la Dirección General de Presupuesto a fs. 47 y lo dictaminado por Fiscalía de Estado a fs. 50/52, Dictamen Fiscal N° 1219 de fecha 28/07/2026, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°.- Autorizase a la Dirección del Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas, a contratar en forma directa con Administración General de Fideicomisos SRL Fiduciaria del FIDEICOMISO ALFA, CUIT 30-70838079-9, el alquiler del inmueble ubicado en calle Crisóstomo Álvarez N° 970, para que en el mismo funcione el Centro de Documentación Rápida de esa repartición, por el termino de treinta y seis (36) meses, por la suma mensual de $4.900.000 (PESOS CUATRO MILLONES NOVECIENTOS MIL), desde el 01 de setiembre del 2026 hasta el 31 de agosto de 2029, con actualizaciones semestrales según Clausula Cuarta del Modelo de Contrato de Locación, que como Anexo Único se agrega, queda aprobado y forma parte del presente Decreto. ARTICULO 2°.- Autorizase a la Sra. Directora del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, para que en representación del Gobierno de la Provincia de Tucumán, suscriba el Contrato de Locación conforme al modelo que como Anexo Único se agrega al presente Decreto. ARTICULO 3°.- Impútese la erogación de lo dispuesto en el presente Decreto a la Jurisdicción 11, SAF MGJ DIR. ADM. MIN. GOB. y JUSTICIA, Programa 13 - U.O N° 270: Dirección del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, Finalidad/Función 199, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad/Obra 01, Fuente de Financiamiento 10, Partida Subparcial 321 (Alquiler de Edificios y Locales), del Presupuesto General 2.026 por la suma de $19.600.000 (pesos diecinueve millones seiscientos mil). Debiendo la Dirección de Administración del Ministerio de Gobierno y Justicia adoptar las previsiones correspondientes en los presupuestos de los ejercicios futuros. ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno y Justicia. ARTICULO 5°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-

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