DECRETO N° 1902/7 (SES) del 13/08/2026
Boletin n°: 31.274 - Aviso n°: 274.587 - Fecha Boletín: 02/09/2026

DECRETO Nº 1.902/7 (SES), del 13/08/2026.- EXPEDIENTE Nº 2382/208-ADM-2026 y Agdo.- VISTO, el Decreto N° 1.47117 (SES) de fecha 26/0612026; y CONSIDERANDO: Que por el citado acto se autorizó a los empleados del Departamento General de Policía, Cabo Juan Facundo Valdez, DNI N° 31.254.462, y Personal Transitorio Policial Claudio Exequiel Cruz, DNI N° 41.345.356, a trasladarse en misión oficial, vía terrestre, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el día 30 de junio de 2026, con regreso el día 04 de julio del mismo año; y el día 12 de septiembre de 2026, con regreso el día 19 de septiembre del mismo año, con motivo de su participación en el "Curso de Investigación de Criptodivisas y Red Oscura", los días 01 al 03 de julio y en el "Curso Recolección y Análisis de Evidencia Digital" los días 14 al 17 de septiembre, organizados por la Policía Federal Argentina, que tendrán lugar en las instalaciones del Departamento Central, sito calle Moreno nº1550 y en la Superintendencia de Investigaciones Federales, sito Madariaga nº6976, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Que la Dirección de Control de Gestión del Ministerio de Seguridad informa que el "Curso Recolección y Análisis de Evidencia Digital" pasara a dictarse del 20 al 24 de septiembre, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Que en consecuencia, se estima procedente el dictado del pertinente instrumento legal, que rectifique el acto administrativo autorizante. Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°.- Rectificase parcialmente el Decreto N° 1.471/7 (SES) de fecha 26/06/2026, en el sentido de dejar establecido que donde dice: "el día 12 de septiembre de 2026, con regreso el día 19 de septiembre del mismo año", debe decir: "el día 18 de septiembre de 2026, con regreso el día 25 de septiembre del mismo año", en virtud de lo considerado precedentemente. ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad. ARTICULO 3°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-

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