RESOLUCIONES N° 50 (DGR) del 01/09/2026
Boletin n°: 31.274 - Aviso n°: 274.590 - Fecha Boletín: 02/09/2026

DIRECCION GENERAL DE RENTAS. RESOLUCIÓN GENERAL Nº 50/26, del 01/09/2026. VISTO la RG (DGR) N° 31/17 y su modificatoria, y CONSIDERANDO: Que por la resolución general citada en el Visto, se implementó el domicilio fiscal electrónico en los términos del artículo 39 de la Ley N° 5121 (t.c. 2025) y sus modificatorias; Que razones de neto corte de administración tributaria, aconsejan efectuar modificaciones en relación al plazo máximo en que permanecen disponibles los actos administrativos, emplazamientos, requerimientos y/o comunicaciones en general, desde su perfeccionamiento; Que han tomado la intervención que les compete los Departamentos Técnico Tributario, Técnico Legal, Recaudación e Informática; Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 9° y concordantes del Código Tributario Provincial, LA DIRECTORA GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS RESUELVE: Artículo 1º.- Sustituir en el artículo 7° de la RG (DGR) N° 31/17 y su modificatoria, la expresión “noventa (90) días corridos”, por la siguiente: “trescientos sesenta y cinco (365) días corridos”.- Artículo 2°.- Lo dispuesto en la presente resolución general entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial, inclusive.- Artículo 3º.- Notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-

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