DECRETO ACUERDO N° 32/1 del 21/08/2026
DECRETO ACUERDO N° 32/1, del 21/08/2026. VISTO, los Decretos Acuerdos Nros 60/1-88 y 151/3 SH-92, sus modificatorios y ampliatorios, por los cuales se establecen los beneficios de extensión horaria y bonificación por dedicación funcional, a funcionarios y empleados de la Administración Pública Provincial, y CONSIDERANDO: Que en distintas áreas dependientes del Poder Ejecutivo existen tareas que indispensablemente requieren la prolongación horaria de personal y funcionarios que posibiliten el normal desenvolvimiento del sector. Que a los fines expresados se debe dictar la pertinente medida administrativa. Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA: ARTICULO 1°.- Inclúyese en los Regímenes de Extensión Horaria y Bonificación por Dedicación Funcional establecidos por los Decretos Acuerdos N° 60/1-88 (100%) y 151/3 (SH)-92 (125%), sus modificatorios y ampliatorios, al Escribano de Gobierno, Esc. Carlos María Terán, Categoría 24. ARTICULO 2°.- Impútese la erogación resultante de lo dispuesto en el presente Decreto Acuerdo, a las Partidas Presupuestarias correspondientes, con que cuenta la Unidad de Organización N° 050, Denominación: Escribanía de Gobierno, en el Presupuesto General en vigente. ARTICULO 3°.- El presente Decreto Acuerdo será refrendado por los señores Ministros de Gobierno y Justicia, de Economía y Producción, de Salud Pública, de Seguridad, de Educación, de Interior, de Desarrollo Social y de Obras, Infraestructura y Transporte Público, y firmado por el señor Secretario General de la Gobernación. ARTICULO 4°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-