DECRETO N° 1959/3 (SH) del 21/08/2026
Boletin n°: 31.277 - Aviso n°: 274.654 - Fecha Boletín: 07/09/2026

DECRETO N° 1.959/3 (SH), del 21/08/2026.- EXPEDIENTE N° 5859/326-D-2026.- VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales la Dirección Provincial de Vialidad solicita la provisión de fondos, en concepto de Aporte Financiero No Reintegrable, por la suma de $ 188.128.989,78, y CONSIDERANDO: Que los fondos solicitados serán destinados al pago del Certificado N° 11 - (mayo/2026), correspondiente a la Obra "Acceso a Juan Bautista Alberdi R.N. N° 38 - Tramo: la Cocha - Aguilares", llevada a cabo por la empresa Hugo Cerviño Construcciones. Que a tal fin, se debe dictar la pertinente medida administrativa tendiente a otorgar los fondos solicitados, y además resulta necesario autorizar a la Dirección de Administración del Ministerio de Economía y Producción a emitir la respectiva orden de pago, teniendo en cuenta la previsiones de la Ley N° 9942.- Presupuesto General 2026 -, y los informes de la Dirección de Programación Económica del Ministerio de Economía y Producción a foja 8, Contaduría General de la Provincia a foja 9, Tesorería General de la Provincia a foja 10, y la dirección General de Presupuesto a foja 11. Por ello, y atento al pronunciamiento legal de la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Secretaria de Estado de Hacienda a fs. 12 y al Dictamen Fiscal N° 1343 del 12 de agosto de 2026, adjunto a foja 14, de estos actuados, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°.- Otórgase -de conformidad al considerando que antecede- a la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD un Aporte Financiero No Reintegrable por la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y OCHO MILLONES CIENTO VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS) ($188.128.989,78,) sujeto a las disponibilidades del Tesoro Provincial. ARTICULO 2°.- Autorízase a la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL MINISTERIO DE ECONOMIA, y PRODUCCIÓN a emitir la correspondiente orden de pago a favor de la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD, con imputación a la Jurisdicción 50 - SAF OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO, Programa 97 - Transferencias a Organismos Descentralizados y Aut. Consol., Finalidad/Función 199, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 01 - Transferencias Figurativas a Dir. Prov. Vialidad, Partida Subparcial 922: Contribuciones a Inst. Desc. y Autárq. que Consolidan, Financiamiento 10: Recursos Tesoro General de la Provincia, del Presupuesto General 2026. ARTICULO 3°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y Producción, y firmado por el señor Secretario de Estado de Hacienda. ARTICULO 4°.- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-

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