DECRETO N° 1960/3 (SH) del 21/08/2026
Boletin n°: 31.278 - Aviso n°: 274.662 - Fecha Boletín: 08/09/2026

DECRETO N° 1.960/3 (SH), del 21/08/2026. EXPEDIENTE N° 5911/326-D-2026 VISTO el presente expediente mediante el cual la Dirección Provincial de Vialidad solicita un Aporte Financiero No Reintegrable; y CONSIDERANDO: Que lo solicitado será destinado al pago del Certificado de Obra N° 8 (mayo 2026), del Certificado Redeterminado N° 6 (Definitivo) y del Certificado Rederterminado N° 7 (Definitivo), correspondientes a la obra: "Nuevo Puente Sobre Canal Troncal Tramo: Camino Vecinal - Estación Áraoz - Leales". Que en consecuencia corresponde proceder de conformidad a lo tramitado, dictando la medida administrativa tendiente a autorizar a la Dirección de Administración del Ministerio de Economía y Producción a emitir la respectiva orden de pago, teniendo en cuenta los informes emitidos por la Dirección de Programación Económica del Ministerio de Economía y Producción a fs. 9, Contaduría General de la Provincia a fs. 10, Dirección General de Presupuesto a fs. 11 y la Tesorería General de la Provincia a fs. 12. Por ello, atento al pronunciamiento legal de la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Estado de Hacienda a fs. 13 y el Dictamen Fiscal N° 1353 del 13 de agosto de 2026, obrante a fs. 15 de estos actuados, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°.- OTÓRGASE a la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD un Aporte Financiero No Reintegrable, por la suma de PESOS CIENTO TREINTA MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL OCHENTA Y SEIS CON CUARENTA Y SEIS CENTAVOS ($130.839.086,46), que será destinado al pago del Certificado de Obra N° 8 (mayo 2026), del Certificado Redeterminado N° 6 (Definitivo) y del Certificado Rederterminado N° 7 (Definitivo), correspondientes a la obra: "Nuevo Puente Sobre Canal Troncal Tramo: Camino Vecinal - Estación Áraoz Leales". ARTICULO 2°.- AUTORIZASE a la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN a emitir la respectiva orden de pago, a favor de la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD, por la suma y el concepto citados en el artículo precedente; e imputar a la Jurisdicción 50: SAF OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO, Programa 97: Transferencias a Organismos Descentralizados y Aut. Consol., Finalidad/Función 199, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 01: Transferencias Figurativas a la DIR. PROV. VIALIDAD, Partida Subparcial 922: Contribuciones a Inst. Desc. y Autárq. que Consolidan, Financiamiento 10: Recursos Tesoro General de la Provincia, del Presupuesto General 2026. ARTICULO 3°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y Producción, y firmado por el señor Secretario de Estado de Hacienda. ARTICULO 4°.- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

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