RESOLUCIONES N° 377 (DPJ) del 08/09/2026
DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS. RESOLUCIÓN N° 377/2026-DPJ, del 08/09/2026. VISTO: El Expediente N°.3898-211–D-2026, de fecha 03/09/2026, mediante el cual se tramita la Despapelización de Documentos o Expedientes Administrativos obrantes en esta repartición y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto N° 277/3 (MEyP) del 2024, dictado por el Poder Ejecutivo de la provincia de Tucumán, en fecha 05/02/2024, se instruyó a las reparticiones a Despapelizar los documentos previa clasificación y exámen de los mismos, estableciendo las condiciones y requisitos para su ejecución.- Que esta Dirección, a través de la Resolución N° 447/2025, de fecha 17/12/2025, determinó que a partir de la publicación de ese acto administrativo, la documentación que obre en este Organismo o la que, a futuro, se presente y no cumpla con los requisitos exigidos por el Decreto N° 277/3 (MEyP) del 2024 , será sometida al Proceso de Despapelización por parte de esta Dirección de Personas Jurídicas de Fiscalía de Estado.- Que por medio del Expediente de referencia, y tras el análisis y expurgación del mismo, se constata la pérdida de su virtualidad o relevancia jurídica, así como el cumplimiento del requisito de antigüedad superior a diez (10) años desde su último trámite administrativo.- Que por ello y en virtud de lo expuesto corresponde la Despapelización de la siguiente documentación: 1) PAQUETE N° 481, obrante en el sistema base de esta Dirección, del Expte N° 3898-211–D–2026, de fecha 03/09/2026.- Que lo dispuesto por esta Resolución es concordante con los principios generales establecidos en el Decreto 277/3 (MEyP) del 2024 y por la Resolución N°. 447/2025 -DPJ - , de fecha 17/12/2025, cuyo fin es propiciar un ambiente laboral saludable; espacio físico para los agentes que desempeñan sus funciones en este Organismo y una mejora significativa en la conservación y acceso a los documentos que en adelante se conserven.- Que obran dictámenes del Departamento Legales y del Sr. Sub Director del Registro Público.- Que por ello, y las facultades otorgadas por la Ley N° 8367 y su Decreto Reglamentario N° 2.942/1(FE): LA DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS RESUELVE: ARTÍCULO 1°: ORDENAR la Despapelización de la siguiente documentación, obrante en el sistema base esta repartición, PAQUETE N° 481, del Expte N° 3898-211- D – 2026, de fecha 03/09/2026, conforme a los precedentes considerandos. ARTÍCULO 2°: PUBLICAR en el Boletín Oficial de la provincia por un día. ARTÍCULO 3°: REGISTRAR y archivar.-