MACRO SALUD S.A S
Boletin n°: 31.280 - Aviso n°: 274.644 - Fecha Boletín: 10/09/2026

POR 1 DÍA - MACRO SALUD S.A S/CONSTITUCION EXPTE 622/205/M/2026. Se hace saber que por Expediente n° 622/205/M/2026, se encuentra en trámite de Inscripción el Instrumento de fecha 17 de Septiembre de 2025, mediante el que se constituye la sociedad MACRO SALUD S.A, Documentación conformada por Dirección de Personas Jurídicas, Resolución n° 114/2026 D.P.J, de fecha 09 de Abril de 2026, siendo las partes integrantes de su contrato social de acuerdo a lo normado en Ley n° 19.550, las siguientes: VERONICA ZAGAGLIA, DNI N° 23.017.297, (53 años), divorciada, argentina, independiente, domicilio en Catamarca n° 1600 Nuevo Country del Golf, de la ciudad de Yerba Buena; ANA CAROLINA MARENGO, DNI N° 29.338.182 (44 años), soltera, argentina, licenciada en Marketing, domicilio en Av. Sarmiento n° 135 Piso 13 Dpto D, de la ciudad de San Miguel de Tucumán. DOMICILIO: Se establece el domicilio de la sociedad en calle Lamadrid 958 Manzana E- Lote 6- Country Marcos Paz, de la Ciudad de Yerba Buena, Provincia de Tucumán. OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto, por cuenta propia o de terceros, o asociada a terceros, ya sea en el país o en el extranjero, o a través de sucursales, las siguientes actividades: 1- Prestaciones de Servicios de Salud: La Sociedad tendrá por objeto brindar prestaciones de prevención, protección, tratamiento y rehabilitación de la salud humana a los usuarios a través de una modalidad de asociación voluntaria mediante sistemas pagos de adhesión, ya sea en efectores propios o a través de terceros vinculados o contratados al efecto y demás actividades y prestaciones de empresas de medicina prepaga en los términos de la ley 26.682 y sus normas reglamentarias, modificatorias y/o complementarias, en los planes, sean estos obligatorios, de adhesión voluntaria y/o superadores o complementarios, bajo cualquier forma de contratación, mediante coberturas y modalidades expresamente autorizadas por la Superintendencia de Servicios de Salud. Podrá, en consecuencia, realizar todas las operaciones que no le sean prohibidas por las leyes y reglamentaciones que rijan la actividad, por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros. A tal fin la sociedad tiene la plena capacidad jurídica para realizar todos los actos que directa o indirectamente se vinculen a su objeto, y que no sean prohibidos por las leyes o por su estatuto social. La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros, en el país o en el extranjero a la compra venta de productos y servicios de medicina y la administración de prestaciones médicas en forma prepaga o directa. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para realizar todos los actos que directa o indirectamente se vinculen a su objeto, y que no sean prohibidos por las leyes o por su estatuto social.2-Administración de planes de Salud y Prestaciones de Salud: Administración parcial o total de prestaciones y/o servicios prestados por obras sociales, ya sea que fueren publicas y/o privadas; administración parcial o total de servicios de medicina prepaga de terceras entidades, ya sean públicas o privadas; como así también la creación, organización, desarrollo y funcionamiento de servicios y planes de medicina prepaga y de salud en forma propia. 3- Servicios de Emergencia Médica: Traslados en general de pacientes, servicios de enfermería de base a domicilio, o la atención de enfermos en base, en domicilio y/o internados en dependencias sanitarias de todo carácter, geriátricas, y/o de reposo; así como traslado en ambulancia o cualquier otro medio idóneo no convencional, sea este terrestre, marítimo, fluvial, o aéreo, adaptado o adaptable a tal fin para estudios, tratamientos, internación y/o diálisis. 4- La Implementación de Servicios Complementarios: Puede dispensar prestaciones complementarias de salud a las personas que sean afiliados a otras obras sociales a los efectos de cubrir prestaciones adicionales que no son alcanzadas por la normativa que regula las obras sociales y/o el programa médico obligatorio. Las prestaciones de índole complementario podrán ser: Descuentos Adicional en Farmacia, Reintegro de Coseguros, Emergencias Médicas, Servicio de Enfermería, subsidios por Nacimiento, Matrimonio y Fallecimiento, Fallecimiento por Accidente, Accidente Personal y Complementarios del Área Salud consistentes en Renta Diaria por Internación, Renta Diaria por Internación en otra provincia, Ayuda de Gastos y Gastos Adicionales por Parto, como así también subsidio en caso de lesiones, Servicio Jurídico de Asesoramiento y Asistencia Legal Integral y Servicio de Sepelio, servicio de radiología domicilio, cubriendo hasta la asistencia de urgencia a domicilio. Estas prestaciones podrán ser dispensadas ya sea en efectores propios o a través de terceros vinculados o contratados al efecto. A tal fin la sociedad tiene la plena capacidad jurídica para realizar todos los actos que directa o indirectamente se vinculen a su objeto, y que no sean prohibidos por las leyes o por su estatuto social. 5- Asesoramiento Comercial y Administración aplicados a la Medicina: La representación de servicios técnicos profesionales en el ámbito de la salud y seguridad social, realización de proyectos, planes y programas de venta en todas sus formas y su publicidad, estudio de mercado, desarrollo de sistemas administrativos, análisis de costos asistenciales, mecanización y realización de sistemas de cobranzas, facturación y administración hospitalaria y sanatorial, sistemas de medicina prepaga, organización y control, insumos hospitalarios, su importación y exportación y toda otra actividad de prestación de servicios relacionados con la salud tanto en la prevención como recuperación y rehabilitación.- 6- La prestación de servicios y asesoramiento: la prestación de servicios de asistencia, asesoramiento y orientación médica, organización y explotación de sanatorios, clínicas y demás instituciones similares, ejerciendo su dirección técnica por intermedio de médicos con título habilitante y administrativo. 7- Servicio de Medicina Laboral: Cubriendo todos los aspectos de exámenes preocupacionales, durante la etapa de selección e incorporación de personal, auditoria clínica, interna y externa, higiene y seguridad industrial, y todo servicio complementario en general, relacionado con la medicina laboral, tanto en el ámbito público como privado. 8- Comercialización de Equipos y Productos: Compra, venta, importación, exportación y distribución de instrumentos, equipos y aparatos electrónicos, electromecánicos y de computación relacionados con la medicina aplicada a la misma. Venta y comercialización de productos e insumos de ortopedia y traumatología. En general todos los actos que se relacionen directamente o indirectamente con su objeto principal. Quedan comprendidos dentro del objeto social todos los actos jurídicos lícitos, que con arreglo a las leyes y al presente contrato, fuesen necesarios llevar a cabo para la consecución del mismo. Para realizar su objeto, la sociedad podrá recibir y prestar asistencia técnica en todo lo relacionado con las instalaciones, instrucciones de uso y garantías de los productos comercializados que lo requieran. Para cumplir con ese fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para realizar todo tipo de actos, contratos, y operaciones que se relacionen con el objeto social. En general todos los actos que se relacionen directamente o indirectamente con su objeto principal. Quedan comprendidos dentro del objeto social todos los actos jurídicos lícitos, que con arreglo a las leyes y al presente contrato, fuesen necesarios llevar a cabo para la consecución del mismo. PLAZO DE DURACION: el término de la duración de la sociedad se fija en 30 años contados a partir de la fecha de inscripción del Instrumento en el Registro Público de Comercio. CAPITAL SOCIAL: El capital social es de $30.000.000,00 (PESOS TREINTA MILLONES) representado por 30.000 (TREINTA MIL) acciones ordinarias, nominativas no endosables de $1.000,00 (PESOS MIL) valor nominal cada una, cada acción confiere a su titular derecho a 1 voto. Se suscribe de la siguiente manera: VERONICA ZAGAGLIA 21.000 acciones, ANA CAROLINA MARENGO 9.000 acciones. ORGANIZACIÓN DE LA ADMINISTRACION: se establece el siguiente directorio: DIRECTOR TITULAR Y PRESIDENTE VERONICA ZAGAGLIA, DIRECTOR SUPLENTE ANA CAROLINA MARENGO. FECHA DE CIERRE DE EJERCICIO. El ejercicio social cerrara el 30 de junio de cada año. SAN MIGUEL DE TUCUMAN, 07 de Septiembre 2026. E y V 10/09/2026. $34.044. Aviso N° 274.644.

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