DECRETO N° 1962/3 (SH) del 21/08/2026
DECRETO N° 1.962/3 (SH), del 21/08/2026. EXPEDIENTE N° 209/160-RO-2026 VISTO las actuaciones mediante las cuales la Secretaría de Estado de la Representación Oficial de la Provincia en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires gestiona ampliación presupuestaria del crédito asignado a las Partidas Principales 200 -Bienes de Consumo- y 300 -Servicios no Personales-, para afrontar gastos de funcionamiento del organismo, y CONSIDERANDO: Que, en tal sentido, resulta procedente disponer la correspondiente adecuación presupuestaria, a fin de incrementar las partidas subparciales necesarias para atender los gastos de referencia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 5° del Decreto N° 292/3 (ME)-2008, correspondiendo asimismo exceptuar dicho incremento de las disposiciones contenidas en el Artículo 1° del Decreto N° 1/3(SH)-2026, que establece normas y excepciones relativas a la administración de los créditos, y de las previsiones establecidas en el Artículo 21 del citado decreto, con sus normas complementarias y concordantes, que regulan el procedimiento aplicable a la administración de las cuotas financieras de gastos de los SAF. Que a tal fin se debe dictar la respectiva medida administrativa, conforme a lo informado por la Dirección General de Presupuesto a foja 3 y Contaduría General de la Provincia a foja 4. Por ello, y atento al pronunciamiento legal de la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Estado de Hacienda a foja 5, y al Dictamen Fiscal N° 1371 del 14 de agosto de 2026, adjunto a fs. 7/8, de estos actuados, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°.- Efectúase la siguiente adecuación de créditos presupuestarios: . EXTRAÉSE de la Jurisdicción 50 - SAF OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO, Programa 93 - Erogaciones Varias, Finalidad/Función 199, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 03, Créditos Adicionales, Financiamiento 10: Recursos Tesoro General de la Provincia, Partidas Subparciales: 299 - Otros No Especificados Precedentemente $ 5.000.000.- 399 - Otros No Especificados Precedentemente $ 15.000.000.- . INCREMÉNTASE en la Jurisdicción 06: SAF MGJ DIR. ADM Y D. REP. OFIC. DE PROV. CASA, Programa 11: U.O. N° 080 - Representación Oficial de la Provincia en CABA, Fin/Función 199, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 01: U.O. N° 080 - Representación Oficial de la Provincia en CABA - Financiamiento 10 - Recursos Tesoro General de la Provincia, Partidas Subparciales: 299 - Otros No Especificadas Precedentemente $ 5.000.000.- 399 - Otros No Especificados Precedentemente $ 15.000.000.- Todo ello del Presupuesto General 2026. ARTICULO 2°.- Exceptúase dicho incremento del alcance del Artículo 1° y del Artículo 21, con sus normas complementarias y concordantes, del Decreto N° 1/3 (S.H.) de fecha 5 de enero de 2026. ARTICULO 3°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y Producción, y firmado por el señor Secretario de Estado de Hacienda. ARTICULO 4°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.