RESOLUCIONES N° 1784 (IPVYDU) del 21/05/2025
IPVyDU. RESOLUCION N° 001784, del 21/05/2025. Expte. N° 18291/440-2008. VISTO, estas actuaciones relacionadas con la vivienda identificada como MANZANA F - BLOCK 04 - DEPARTAMENTO 04 – PISO 1° DEL BARRIO "222 VIVIENDAS E INFRAESTRUCTURA EN JUAN BAUTISTA ALBERDI": y CONSIDERANDO: Que, la citada vivienda fue otorgada mediante suscripción de Contrato de Locación a la Señora Juárez, Ana Severa. Que, a fs. 76 el Departamento Recursos Financieros, adjunta planilla de actualización de deuda la cual asciende a la suma de $ 210.620,84 (Pesos Doscientos Diez Mil Seiscientos Veinte con 84/100), por lo que la falta de pago de la Señora Juárez se encuadra en el incumplimiento de la Cláusula Tercera del Contrato de Locación suscripto, resultando en la configuración de la Cláusula Cuarta y Décimo Segunda, facultando a este Organismo, por las Cláusulas Cuarta y Décimo Segunda a dar por resuelto el mencionado Contrato. Que, de acuerdo a lo dictaminado por el Departamento Recupero de Viviendas, a fs. 77, corresponde dictar el instrumento legal pertinente, que Rescinda el Contrato de Locación suscripto por la Señora Juárez por la causal de Falta de Pago. Por ello: LA INTERVENCION DEL INSTITUTO PROVINCIAL DE VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO DE TUCUMAN RESUELVE Art.1°.-RESCINDIR el Contrato de Locación suscripto oportunamente entre la Señora Juárez, Ana Severa DNI N° 11.841.057 y este Organismo correspondiente a la vivienda identificada como MANZANA F - BLOCK 04 - DEPARTAMENTO 04 - PISO 1° DEL BARRIO "222 VIVIENDAS E INFRAESTRUCTURA EN JUAN BAUTISTA ALBERDI', por la causal de Falta de Pago, en un todo de acuerdo a lo informado por el Departamento Recursos Financieros y a los considerandos de la presente Resolución. Art.3°.-INTIMAR a la Señora Juárez, Ana Severa DNI N° 11.841.057, para que en el perentorio e improrrogable plazo de 10 (diez) días de recibida la presente, proceda a desalojar el inmueble libre de todo objeto y/o ocupantes, bajo apercibimiento de iniciar acciones legales tendientes a recuperar el mismo. Art.4°.-AUTORIZAR a la Dirección de Área de Recupero y Regularización Dominial a iniciar las Acciones Legales, tendientes a recuperar el inmueble, en caso de negación por parte de sus ocupantes, Art.5º.-COMUNICAR a: la interesada. Áreas y Departamentos de este Instituto, a los fines que a cada uno les competa. Cumplido, PASE a la Dirección del Área de Recupero y Regularización Dominal a sus efectos.