RESOLUCIONES N° 2068 (IPVYDU) del 12/05/2026
Boletin n°: 31.280 - Aviso n°: 274.714 - Fecha Boletín: 10/09/2026

IPVyDU. RESOLUCION N° 002068, del 12/05/2026. Expte. N° 3233/440-2025. VISTO, estas actuaciones relacionadas con la vivienda identificada como MANZANA E - CASA 23 DEL PLAN "125 VIVIENDAS E INFRAESTRUCTURA EN LAS TALITAS - SECTOR III"; y CONSIDERANDO: Que, la, mencionada vivienda fue otorgada, mediante Acta de Tenencia y Uso Provisorio Intransferible de Vivienda Única Social y Resolución de Adjudicación N° 001373/2022 a la Señora Leiva, Noelia Ramona del Milagro. Que, mediante Resolución N° 001879/2025 se rescindió el Acta de Tenencia y se revocó la Resolución de adjudicación N° 001373/2022 únicamente en lo que se refiere a la Señora Leiva, por la causal de Falta de Pago. Que, a fs. 15 obra Acta Comparendo, la cual es tomada como formal Recurso a saldar el de total Reconsideración de la deuda. interpuesto por la Señora Leiva en donde se compromete a saldar el total de la deuda. Que, a fs. 19 vta., el Departamento Recursos Financieros informa que no se ha dado cumplimiento con lo acordado en el Acta Comparendo, por lo que se mantiene la causal de Falta de Pago. Que, de acuerdo a lo dictaminado por el Departamento Recupero de Viviendas a fs. 20, corresponde dictar el instrumento legal pertinente que Rechace el Recurso Reconsideración interpuesto en contra de la Resolución N° 001879/2025, en razón de mantenerse la causal que dio origen a la misma. Por ello: LA INTERVENCION DEL INSTITUTO PROVINCIAL DE VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO DE TUCUMAN RESUELVE Art. 1°.- RECHAZAR el Recurso de Reconsideración interpuesto por la Señora Leiva, Noelia Ramona del Milagro D.N.I. Nº 31.809.121, en contra de la Resolución N° 001879/2025, correspondiente a la vivienda identificada como MANZANA E - CASA 23 DEL PLAN "125 VIVIENDAS E INFRAESTRUCTURA EN LAS TALITAS - SECTOR III”, por mantenerse la causal que dio origen a la misma, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente Resolución. – Art 2°-COMUNICAR a: la interesada. Áreas y Departamentos de este Instituto, a los fines que a cada uno les competa. Cumplido, PASE a la Dirección del Área de Recupero y Regularización Dominial a sus efectos.

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