NOVILLO S.R.L.
POR 1 DÍA - “NOVILLO S.R.L. S/modificación”. Se hace saber que por expediente 4813-205-N-2026 se encuentra en trámite de inscripción el instrumento por el cual la sociedad NOVILLO S.R.L. ha resuelto lo siguiente: 1. Prórroga del plazo de duración de la sociedad. Modificación de la Cláusula Segunda del Contrato Social: Se aprueba la ampliación del plazo de duración de la sociedad y la modificación de la cláusula SEGUNDA del Contrato Social quedando redactada de la siguiente manera: La sociedad tendrá una duración de noventa y nueve (99) años, contados a partir del día inmediato siguiente al vencimiento del plazo de duración actualmente vigente que es el 01/06/2027. 2. Ampliación de la Gerencia de la Sociedad. Modificación de la Cláusula Quinta del Contrato Social. Se aprueba la incorporación a la Gerencia del socio AGUSTIN NOVILLO, D.N.I. Nº 39.698.145, quien acepta el cargo y fija domicilio especial en la sede social de la empresa. Se decide la modificación de la cláusula quinta del contrato social, quedando redactada de la siguiente manera: “QUINTA: La administración, representación y uso de la firma social estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no, quien/es durará/n en su cargo hasta que la Reunión de Socios le/s revoque el Mandato. La representación de la sociedad, frente a terceros, la tendrá él o los gerentes quienes obligarán a la sociedad actuando en forma individual, conjunta, separada, alternada o indistintamente. Para ello cuentan con las más amplias facultades para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto de la sociedad inclusive aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales. A tales fines los gerentes podrán comprar, gravar, vender y locar toda clase de bienes muebles, operar con bancos realizar operaciones con empresas del Estado y extranjera, otorgar poderes, comparecer por si o por medio de apoderado, transigir, comprometer en árbitros, formalizar convenio, y en general efectuar todos los actos jurídicos necesarios para la mejor obtención de sus fines sociales. No pueden comprometer a la sociedad en fianzas o garantías a favor de terceros en operaciones ajenas al objeto social.”. SAN MIGUEL DE TUCUMAN – 09/09/2026. E y V 14/09/2026. $8.824. Aviso N° 274.684.