ACORDADA Nº 904 CSJ
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. ACORDADA Nº 904, del 10/09/2026 VISTO: La Ley n° 6238, la Acordada n° 1393/24, y las Actuaciones n° 14990/26; y CONSIDERANDO: Que la Ley n° 6238 establece en su art. 164 la facultad de esta Excma. Corte Suprema de Justicia de fijar el régimen de destrucción, reducción y digitalización de expedientes o documentos, dentro del ámbito de su competencia. Consecuentemente, se dictó la Acordada n° 1393/24, en la que se regula el procedimiento administrativo para la destrucción, reducción y digitalización de expedientes y demás documentación. Asimismo, se encomendó a la Oficina de Coordinación Estratégica la dirección del proceso de destrucción, reducción y digitalización de expedientes y documentos del Poder Judicial de Tucumán. Como consecuencia de ello, las Directoras de las Oficinas de Gestión Asociada de Familia n° 2, n° 3, y n° 5, el Director de la Oficina de Gestión Asociada de Familia n° 4, y los Directores de las Oficinas Gestión Asociada del Trabajo n° 1 y n° 2, todas del Centro Judicial Capital, enviaron notas adjuntando los listados de los expedientes digitalizados (con indicación del número de expediente, fuero y carátula) y solicitaron la realización del correspondiente trámite de destrucción del soporte físico de dichas causas. Que, en consonancia con lo mencionado, se iniciaron las actuaciones de referencia, por medio de la cual se solicita a esta Excma. Corte Suprema de Justicia la autorización para publicar los listados de expedientes cuyos soportes físicos fueron digitalizados de los Juzgados en lo Civil de Familia y Sucesiones de la I°, II°, IV°, VI°, VII°, XI°, XII° y XIII° Nominación, y Juzgados del Trabajo de la I°, II°, IV°, VI°, VII°, X°, XI° y XII°, todos del Centro Judicial Capital. Resulta importante destacar que se trata del soporte físico de 1.764 (mil setecientos setenta y cuatro) expedientes judiciales resguardados en 84 cajas, correspondientes a los Juzgados en lo Civil de Familia y Sucesiones de la I° y XIII° Nominación y que tramitan ante la Oficina de Gestión Asociada de Familia n° 2 (GEAF 2), del soporte físico de 1.242 (mil doscientos cuarenta y dos) expedientes judiciales resguardados en 50 cajas, correspondientes a los Juzgados en lo Civil de Familia y Sucesiones de la II° y VI° Nominación y que tramitan ante la Oficina de Gestión Asociada de Familia y Sucesiones n° 3 (GEAF 3), del soporte físico de 1.216 (mil doscientos dieciséis) expedientes judiciales resguardados en 56 cajas, correspondientes a los Juzgados en lo Civil de Familia y Sucesiones de la IV° y XII° Nominación y que tramitan ante la Oficina de Gestión Asociada de Familia y Sucesiones n° 4 (GEAF 4), del soporte físico de 1.318 (mil trescientos dieciocho) expedientes judiciales resguardados en 41 cajas, correspondientes a los Juzgados en lo Civil de Familia y Sucesiones de la VII° y XI° Nominación y que tramitan ante la Oficina de Gestión Asociada de Familia y Sucesiones n° 5 (GEAF 5), del soporte físico de 277 (doscientos setenta y siete) expedientes judiciales resguardados en 38 cajas y 1 bolsa, correspondientes a los Juzgados del Trabajo de la IV°, VI°, XI° y XII° Nominación, y que tramitan ante la Oficina de Gestión Asociada del Trabajo n° 1 (GEAT 1), y del soporte físico de 58 (cincuenta y ocho) expedientes judiciales resguardados en 10 cajas y 4 bolsas, correspondientes a los Juzgados del Trabajo de la I°, II°, VII° y X° Nominación y que tramitan ante la Oficina de Gestión Asociada del Trabajo n° 2 (GEAT 2), todos del Centro Judicial Capital, que de acuerdo al plan de digitalización anual de la Oficina de Digitalización, ya fueron íntegramente digitalizados y cargados al Sistema informático SAE. Por todo lo expuesto, corresponde ordenar la publicación de los listados de expedientes con soporte físico digitalizados, y autorizar la destrucción de aquellos en los que no se hubiere planteado oposición, una vez cumplimentados los plazos establecidos, de conformidad a lo dispuesto en la Acordada n° 1393/24. Por ello, en uso de las facultades conferidas por los arts. 13, 17 y ccdtes. de la Ley Orgánica del Poder Judicial de Tucumán; ACORDARON: I.- ORDENAR a la Secretaría de Superintendencia a efectuar la publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán y en el Boletín Oficial Judicial; y a la Secretaría Administrativa en el diario La Gaceta de la Provincia de Tucumán, por el término de tres (3) días, indicando la existencia del expediente de destrucción y la dirección informática de los listados de causas en trámite con soporte físico digitalizado, para su consulta por los particulares. Asimismo, instando a las partes interesadas a presentar oposición por el término de 20 (veinte) días corridos desde la última publicación en el boletín oficial de la Provincia o posterior día hábil para formalizar la oposición. En caso de no existir formulación de oposiciones se continuará con las posteriores etapas de trabajo previstas; en caso contrario, se excluirá de este acto los expedientes y documentación correspondientes, hasta que se resuelva su destino. II.- PUBLICAR los listados de expedientes, que como Anexo forman parte del presente Acuerdo, en la página web del Poder Judicial. III.- AUTORIZAR la destrucción del soporte físico de, los expedientes digitalizados de los Juzgados en lo Civil de Familia y Sucesiones del I° y XIII° Nominación (GEAF 2), Juzgados en lo Civil de Familia y Sucesiones de la II° y VI° Nominación (GEAF 3), Juzgados en lo Civil de Familia y Sucesiones de la IV° y XII° (GEAF 4), Juzgados en lo Civil de Familia y Sucesiones de la VII° y XI° Nominación (GEAF 5), Juzgados del Trabajo de la IV°, VI°, XI° y XII° Nominación (GEAT 1), y Juzgados del Trabajo de la I°, II°, VII° y X° Nominación (GEAT 2), todos del Centro Judicial Capital, en los que no se hubiere planteado oposición, una vez cumplidos los plazos de publicación y de oposición establecidos en el “Protocolo de Destrucción y Digitalización de Expedientes y Documentación Judicial”, previsto en la Acordada 1393/24. IV.- NOTIFICAR la presente a los interesados. Con lo que terminó, firmándose por ante mí, doy fe.-