RESOLUCIONES N° 383 (DPJ) del 09/09/2026
DIRECCION DE PERSONAS JURIDICAS. RESOLUCION Nº 383/2026-DPJ, del 09/09/2026. VISTO: El Expte. Nº 3828/211/2026 de fecha 28/08/2026, de la entidad SOCIEDAD DE OFTALMOLOGIA DE TUCUMAN Legajo N° 6600 con domicilio legal en calle Las Piedras 496 Piso 4to San Miguel de Tucumán .y; CONSIDERANDO: Que la entidad obtuvo personería jurídica por Resolución Nº 545/05 de fecha 17/12/2005. encontrándose por ende bajo el control de esta Dirección. - Que por el expte de referencia la entidad comunica la reforma parcial del estatuto aprobada en asamblea general extraordinaria de fecha 21/04/2026. Que acompañan a esos efectos; acta de convocatoria Fs 04/06 , publicación en boletín oficial – fs.07 -copias de actas de asamblea extraída de libro – fs. 12/20, registro de asistencia fs. 22/23– padrón de asociados fs. 25/30 y texto ordenado del estatuto a Fojas 33 a 42 Que, de conformidad a las actuaciones, la entidad guardó observancia de todos los recaudos exigibles por su Estatuto y la Normativa vigente del Organismo de contralor Que asi la reforma no altera los fines y naturaleza Jurídica de la asociación peticionante conforme los Artículos 141, 142 ,148 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación.- Que obra dictamen del Dpto. Asociaciones Civiles y Asesoría legal interviniente: Por ello , y de conformidad a lo estipulado por el Art. 157 del Cód. Civ. y Com.Nación , Art. 4° inc. 1 y 11° inc. 1 de Ley Nº 8367, el Dcto. Nº 2942/1(FE)-2011; facultades legales y reglamentarias vigentes; LA DIRECCION DE PERSONAS JURIDICAS RESUELVE: ARTICULO 1°º: APROBAR la reforma parcial del Estatuto de la asociación civil SOCIEDAD DE OFTALMOLOGIA DE TUCUMAN Legajo N° 6600 con domicilio legal en calle Las Piedras 496 Piso 4to San Miguel de Tucumán resuelta en asamblea general extraordinaria de fecha 21/04/2026 en merito a los precedentes considerandos .- ARTICULO 2°: DETERMINAR que el texto del estatuto que obra de Fs. 33 a 42 del expte Nº 3828/211/2026 será firmado y sellado por el Sr. Director de este organismo de control.- ARTICULO 3°: Regístrese, notifíquese, publíquese en Boletín Oficial, y archívese.-