DECRETO N° 1438/3 (SH) del 26/06/2026
DECRETO N° 1.438/3 (SH), del 26/06/2026. EXPEDIENTE N° 884/120-S-2026 VISTO el presente expediente mediante el cual la Secretaría de Estado de Comunicación Pública tramita una ampliación presupuestaria en la Partida Principal 300: Servicios No Personales, para afrontar el gasto en publicidad oficial para los meses de julio y agosto, y CONSIDERANDO: Que teniendo en cuenta lo dispuesto por el Articulo 5° del Decreto N° 292/3(ME)-2008 corresponde realizar una adecuación de crédito presupuestario, para incrementar la Partida Subparcial 361 - Publicidad y propaganda varias; y además se debe exceptuar de las disposiciones del Artículo 1° del Decreto N° 1/3(SH)-2026. Que corresponde dictar la pertinente medida administrativa teniendo en cuenta los informes de la Dirección de Programación Económica del Ministerio de Economía y Producción a fs. 5, Dirección General de Presupuesto a fs. 6 y Contaduría General de la Provincia a fs. 7. Por ello, atento al pronunciamiento legal de la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Estado de Hacienda fs. 8 y al Dictamen Fiscal N° 1001 del 16 de junio de 2026, adjunto a fs. 10/11 de estos actuados, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°.- EFECTÚASE la siguiente adecuación presupuestaria: EXTRÁESE de la Jurisdicción 50: SAF OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO, Programa 93: Erogaciones Varias, Finalidad/Función 199, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad/Obra 03: Créditos Adicionales, Financiamiento 10: Recursos Tesoro Gral. de la Provincia, Partida Subparcial 399: Otros No especificados precedentemente, la suma de PESOS DOS MIL MILLONES ($2.000.000.000.-). INCREMÉNTASE en la Jurisdicción 07: SAF GSGG - DIR. A. Y D. SEC. E. COMUNICACIÓN PÚBLICA, Programa 11: U.O. N° 150: Sec. de Estado de Comunicación Pública, Finalidad/Función 199, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 01: U.O. Nº 150: Sec. de Estado de Comunicación Pública, Financiamiento 10: Recursos Tesoro General de la Provincia, la Partida Subparcial 361: Publicidad y propaganda varias, por la suma de PESOS DOS MIL MILLONES ($2.000.000.000.-). Todo ello del Presupuesto General 2026. Quedando exceptuado el crédito otorgado de los alcances del Artículo 1° del Decreto N° 1/3 (SH)-2026. ARTICULO 2°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y Producción, y firmado por el señor Secretario de Estado de Hacienda. ARTICULO 3°.- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.