DECRETO N° 2089/3 (SH) del 04/09/2026
DECRETO N° 2.089/3 (SH), del 04/09/2026. EXPEDIENTE N° 382/369 - C - 2026 VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales el Consejo Asesor de la Magistratura solicita un incremento presupuestario, en las Partidas Principales 200 - Bienes de consumo y 300 - Servicios no personales, del Presupuesto General 2026, y CONSIDERANDO: Que lo tramitado será destinado a atender el pago de sus distintas obligaciones para el correcto funcionamiento del organismo. Que a fin de proceder de conformidad a lo tramitado se debe realizar una adecuación de crédito presupuestario para incrementar las partidas de referencia, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 5° del Decreto N° 292/3(ME)2008. Que corresponde dictar la pertinente medida administrativa teniendo en cuenta lo informado por la Dirección de Programación Económica del Ministerio de Economía y Producción a fs. 5, la Dirección General de Presupuesto a fs. 6 y la Contaduría General de la Provincia a fs. 7. Por ello, y atento a lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Estado de Hacienda a foja 8 y al Dictamen Fiscal N° 1.448 del 27 de agosto de 2026 adjunto a foja 10 de estas actuaciones, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°.- Efectúase la siguiente adecuación de créditos presupuestarios: EXTRAÉSE de la Jurisdicción 50 SAF OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO, Programa 93 - Erogaciones Varias, Finalidad/Función 199, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 03 - Créditos Adicionales, Financiamiento 10 - Recursos Tesoro General de la Provincia, las siguientes Partidas Sub-parciales: - 299 - Otros no especificados precedentemente $50.000.000.- - 399 - Otros no especificados precedentemente $350.000.000.- INCREMÉNTASE en la Jurisdicción 02 - Poder Judicial, Programa 17 - U.O N° 016 - Consejo Asesor de la Magistratura, Finalidad/Función 120, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 01 - U.O N° 016 - Consejo Asesor de la Magistratura, Financiamiento 10 - Recursos Tesoro General de la Provincia, las siguientes Partidas Sub-parciales: - 299 - Otros no especificados precedentemente $50.000.000.- - 399 - Otros no especificados precedentemente $350.000.000.- Todo ello del Presupuesto General 2026. ARTICULO 2°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y Producción y firmado por el señor Secretario de Estado de Hacienda. ARTICULO 3°.- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.