DECRETO N° 2135/8 (MOySP) del 08/09/2026
Boletin n°: 31.293 - Aviso n°: 275.023 - Fecha Boletín: 30/09/2026

DECRETO N° 2.135/8 (MOIyTP), del 08/09/2026. EXPEDIENTE N° 130/861-S-2026.- VISTO que por las presentes actuaciones se gestiona la aprobación del Modelo de Adenda al Contrato de Locación del Inmueble destinado a la guarda y custodia de los vehículos retenidos por la Dirección General de Transporte (D.G.T.) autorizado mediante Decreto N° 1.656/8 (MOIyTP) de fecha 21/07/2026 (fs. 08/14) y su modificatorio Decreto N° 1.746/8 (MOIyTP) de fecha 31/07/2026 (fs. 17/18) y CONSIDERANDO: Que a fs. 01 el Secretario de Estado de Transporte y Seguridad Vial solicita adecuar el contrato de locación vigente a los efectos de aclarar que tanto los módulos contenedores como el cercado perimetral a instalarse en el inmueble no representarán mejoras en beneficio de la parte locadora sino que constituyen bienes de propiedad del Estado locatario que serán retirados del inmueble una vez finalizado el contrato. Asimismo, indica que es necesario precisar en la cláusula segunda que el inmueble arrendado será destinado a oficinas públicas de la repartición y guardería de vehículos que la D.G.T. disponga como propios, y los que se depositen como consecuencia de las retenciones de vehículos realizadas por el Estado Provincial. Que a fs. 08/14 se agrega copia de Decreto N° 1.656/8 (MOIyTP) de fecha 21/07/2026, mediante el cual se aprobó lo actuado por la Secretaría de Estado de Transporte y Seguridad Vial y se autorizó a contratar en forma directa con la Sra. María de los Ángeles Diaz Tadei, D.N.I. N° 11.064.144, apoderada del Sr. Santiago Joaquín Vitriú, D.N.I. N° 31.842.362, la locación de los inmuebles ubicados en intersección de autopista R.N. 38 y R.N. 157 (acceso sur, ochava oeste), de esta ciudad, por un valor locativo inicial de $5.000.000,00 (Pesos cinco millones), actualizable cada 4 meses según índice de Precio del Consumidor (IPC), o Índice de Contratos de Locación (ICL), el que resulte menor, por el término de treinta y seis (36) meses, el que será destinado a la guarda y custodia de los vehículos retenidos por la DGT. Asimismo, por el citado instrumento legal se autorizó al Secretario de Estado de Transporte y Seguridad Vial, para que suscriba el correspondiente contrato conforme al modelo que como Anexo Único forma parte del mencionado Decreto, el que quedó aprobado. Que a fs. 19 se agrega Modelo de Adenda al Contrato de Locación del Inmueble a celebrarse entre la Secretaría de Estado de Transporte y Seguridad Vial y la Sra. Díaz Taddei. Que a fs. 21/21 vta. obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Obras, Infraestructura y Transporte Público. Que por lo antes expuesto y en virtud de la facultad conferida en el art. 101° de la Constitución de la Provincia de Tucumán, podrá aprobarse el Modelo de Adenda al Contrato de Locación de Inmueble a celebrar entre la Secretaría de Estado de Transporte y Seguridad Vial y la Sra. Díaz Taddei y autorizar al funcionario que suscribirá la misma, dictando para ello la pertinente medida administrativa. Por ello, y de conformidad con lo dictaminado por Fiscalía de Estado mediante Dictamen N° 1.447 de fecha 27/08/2026 (fs. 23/25), EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°.- Apruébase el Modelo de Adenda al Contrato de Locación de Inmueble a celebrar entre la Secretaría de Estado de Transporte y Seguridad Vial y la Sra. Maria de los Angeles Díaz Tadei, D.N.I. N° 11.064.144 (apoderada del Sr. Santiago Joaquín Vitriú, D.N.I. N° 31.842.362) que como Anexo pasa a formar parte integrante del presente Decreto, y conforme a las pautas fijadas en el mismo. ARTICULO 2º.- Autorízase al señor Secretario de Estado de Transporte y Seguridad Vial, en representación del Superior Gobierno de la Provincia, a suscribir el Modelo de Adenda que se aprueba en el artículo precedente. ARTICULO 3º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Obras, Infraestructura y Transporte Público. ARTICULO 4°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-

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