DECRETO N° 2136/7 (SES) del 08/09/2026
DECRETO N° 2.136/7 (SES), del 08/09/2026.- EXPEDIENTE N° 1231/700-S-2026.- VISTO que por las presentes actuaciones se tramita la aprobación del "Acta cuerdo de Cooperación y Asistencia Técnica", celebrado entre la Subsecretaría de Servicios Penitenciarios de la Secretaría de Estado de Seguridad y la Facultad de Psicología de la Universidad Nacional de Tucumán, suscripto en fecha 27/04/2026 (fs. 04/05 y 07/08); y CONSIDERANDO: Que el Acta Acuerdo tiene por objeto establecer un sistema de cooperación que les permita coordinar esfuerzos en beneficio de sus respectivas instituciones (cláusulas primera y segunda). Que el citado instrumento prevé que las partes podrán solicitar y ofrecer entre sí, la colaboración necesaria para implementar actividades conjuntas como ser: Envío recíproco de docentes, investigadores y profesionales para desarrollar actividades académicas, profesionales y de investigación y el acceso a publicaciones de interés común en el marco de cooperación entre las partes. Asimismo, realización de Prácticas Supervisadas, Pasantías Educativas y Proyectos de Capacitación (Cláusula tercera). Que las partes acuerdan la elaboración de convenios específicos determinando objetivos, responsabilidades recíprocas, recursos necesarios y fuentes de financiamiento, cronograma y forma de evaluación (cláusula cuarta). Que prevé la creación de una Unidad de Coordinación, integrada por un miembro titular y un suplente por cada una de ellas y señala las funciones a su cargo (cláusulas quinta y sexta). Que se deja establecido asimismo, que la implementación del Acta Acuerdo no implica impedimento alguno para que las partes desarrollen acuerdos similares con otras entidades públicas o privadas (cláusula séptima). Que indica que toda publicación o difusión por cualquier medio, referida a los programas de acción conjunta realizada en el marco del acuerdo, debe mencionar expresamente al mismo y a las partes intervinientes (cláusula octava). Que determina que el plazo de vigencia del Acta Acuerdo será hasta diciembre de 2027, pudiendo las partes rescindirlo sin expresión de causa, con una notificación fehacientemente de cuatro meses de anticipación, y sin derecho al reclamo de indemnización. Los trabajos o proyectos en ejecución al producirse la denuncia deberán ser concluidos dentro del período anual en el que la misma sea formulada o siempre que lo permita el aporte financiero correspondiente (cláusula novena). Que la Asesoría Letrada del área emite dictamen en sentido favorable (fs. 06). Que el Ministro de Seguridad presta su conformidad e insta la prosecución del trámite (fs. 10). Que consta a fs. 12/15 copia del Acta de Protocolización del Convenio de Cooperación y Asistencia recíproca entre el Superior Gobierno de la Provincia de Tucumán y la Universidad Nacional de Tucumán, mediante Escritura Pública N° 290 de fecha 23/03/2007, conforme el cual las partes se comprometen al intercambio de recursos humanos, técnicos y materiales que sean de utilidad para las mismas (cláusula tercera), en cuyo caso se suscribirán convenios específicos que regulen sus derechos y obligaciones (cláusula cuarta). Que por su parte, la Ley N° 8.450 (TC). determina que son funciones comunes a los Ministros (artículo 7° inciso 6°), entender en la celebración de contratos de sus Ministerios, en representación del Estado Provincial, conforme a las leyes, y en la celebración y ejecución de los instrumentos de carácter municipal, nacional, interprovincial o internacional a los que la Provincia suscriba o adhiera, cuando afecten o se refieran a asuntos de su despacho. Que por lo expuesto, desde el punto de vista legal, se encuentran acreditadas las condiciones para aprobar el "Acta Acuerdo de Cooperación y Asistencia Técnica" suscripto el 27/04/2026 (adjunto fs. 04/05 y 07/08). Por ello, y de conformidad con lo dictaminado por Fiscalía de Estado a fs. 16-18 (Dictamen Fiscal N° 1457 de fecha 28/08/2026), EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°.- Apruébase el "Acta Acuerdo de Cooperación y Asistencia Técnica", suscripta por la Subsecretaría de Servicios Penitenciarios de la Secretaría de Estado de Seguridad y la Facultad de Psicología de la Universidad Nacional de Tucumán, en fecha 27/04/2026, obrante a fs. 07/08, cuyas copias certificadas se agregan como Anexo y forman parte integrante del presente Decreto. ARTICULO 2°.- Autorizase al señor Subsecretario de Servicios Penitenciarios, Dr. Sebastián María Tula Rizo, DNI N° 24.671.303, a suscribir en representación del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Tucumán, los convenios específicos que resulten necesarios, conforme a las previsiones de la cláusula cuarta del Acta Acuerdo de Cooperación y Asistencia Técnica, aprobada por el artículo 1° del presente Decreto, debiendo, en caso de Corresponder, darse intervención a los organismos técnicos competentes en cumplimiento de las previsiones del artículo 13 del Dcto N° 1/3 (SH)-2026. ARTICULO 3°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad. ARTICULO 4°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-