DECRETO N° 2160/3 (SH) del 10/09/2026
DECRETO N° 2.160/3 (SH), del 10/09/2026. EXPEDIENTE N° 646/369-I-2026. VISTO el presente expediente mediante el cual el Instituto de Previsión y Seguridad Social de Tucumán solicita fondos en carácter de Aporte Financiero No Reintegrable, y CONSIDERANDO: Que lo solicitado tiene por objeto atender las obligaciones operativas correspondientes al mes de agosto de 2026 y con vencimiento en dicho período. Que a tal fin, resulta necesario otorgar el aporte solicitado por la suma de $12.000.000.000, en la forma indicada por la Dirección de Programación Económica dependiente del Ministerio de Economía y Producción a foja 4; y asimismo corresponde autorizar a la Dirección de Administración del Ministerio de Economía y Producción a emitir la respectiva orden de pago. Que en consecuencia, resulta necesario dictar la pertinente medida administrativa conforme lo informado por Contaduría General de la Provincia a foja 5, la Dirección General de Presupuesto a foja 6, y Tesorería General de la Provincia a foja 7. Por ello, y atento al pronunciamiento legal de la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Secretaria de Estado de Hacienda a foja 8, y al Dictamen Fiscal N° 1501 del 3 de septiembre de 2026, adjunto a foja 10, de estos actuados, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°.- Otórgase al INSTITUTO DE PREVISIÓN Y SEGURIDAD SOCIAL DE TUCUMÁN un Aporte Financiero No Reintegrable, por la suma de PESOS DOCE MIL MILLONES ($12.000.000.000.-), para atender las obligaciones operativas de AGOSTO 2026, con vencimiento en el mismo período. ARTICULO 2°.- Déjase establecido que la Secretaria de Estado de Hacienda dará cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 1° del presente instrumento legal, conforme a las disponibilidades del Tesoro Provincial. ARTICULO 3°.- Autorizase a la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCIÓN a emitir la respectiva orden de pago a favor del INSTITUTO DE PREVISIÓN Y SEGURIDAD SOCIAL DE TUCUMÁN, por la suma y el concepto citados en el Artículo 1° del presente decreto, con imputación a la Jurisdicción 50: SAF OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO, Programa 94: Aportes Seguridad Social, Finalidad/Función 330, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 01: Aportes Seguridad Social, Partida Subparcial 533: Transferencias a Instituciones de Seguridad Social de la Provincia, Financiamiento10: Recursos Tesoro General de la Provincia, del Presupuesto General 2026. ARTICULO 4°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y Producción, y firmado por el señor Secretario de Estado de Hacienda. ARTICULO 5°.- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.