DECRETO N° 2185/3 (SH) del 14/09/2026
DECRETO N° 2.185/3 (SH), del 14/09/2026. EXPEDIENTE N° 96/210-S-2026 VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales la Secretaría de Estado de Gobierno y Relaciones Institucionales, gestiona un incremento de crédito presupuestario de las Partidas Principales 200-Bienes de Consumo- y 300-Servicios No Personales- del Presupuesto General 2026, y CONSIDERANDO: Que dicha solicitud es a los efectos de contar con crédito suficiente para afrontar gastos de funcionamiento detallados a fs. 2. Que a fin de proceder de conformidad con lo tramitado, resulta necesario efectuar una adecuación de crédito presupuestario, según las disposiciones previstas por el Artículo 5° del Decreto N° 292/3(ME) del 5 de febrero de 2008, y además se debe exceptuar el crédito a otorgar de la restricción del Artículo 1° del Decreto N° 1/3(SH) del 6 de enero de 2026. Por ello, atento a lo informado por Dirección General de Presupuesto a fs. 4, Contaduría General de la Provincia a fs. 5, Dirección de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Estado de Hacienda a fs. 6 y al Dictamen Fiscal N° 1427 del 26 de agosto de 2026, adjunto a fs. 8/9 de estos actuados, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°.- Efectúase la siguiente adecuación presupuestaria: EXTRAESE de la Jurisdicción 50: SAF OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO, Programa 93: Erogaciones Varias, Finalidad/Función 199, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 03: Créditos Adicionales, Financiamiento 10: Recursos Tesoro General de la Provincia, del Presupuesto General 2026, las Partidas Subparciales: • 299: Otros No Especificados Precedentemente $1.500.000.- • 399: Otros No Especificados Precedentemente $2.000.000.- INCORPÓRASE en la Jurisdicción 11: SAF-MGJ -DIR. ADM. MIN. GOB. y JUST., Programa 12: U.O. N° 240: Sec. de Estado de Gobierno y Rel. Institucionales, Finalidad/Función 131, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad/obra 01- U.O N° 240: Sec. de Est. de Gobierno y Rel. Institucionales, Financiamiento 10: Recursos Tesoro General de la Provincia, del Presupuesto General 2026, las Partidas Subparciales: • 299: Otros No Especificados Precedentemente $ 1.500.000.- • 399: Otros No Especificados Precedentemente $2.000.000.- Exceptuándose dichos montos de la restricción del Artículo 1º del Decreto N° 1/3 (SH) del 6 de enero de 2026. ARTICULO 2°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y Producción y firmado por el señor Secretario de Estado de Hacienda. ARTICULO 3°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.