DECRETO N° 2153/7 (SES) del 10/09/2026
Boletin n°: 31.295 - Aviso n°: 275.079 - Fecha Boletín: 02/10/2026

DECRETO N° 2.153/7 (SES), del 10/09/2026. EXPEDIENTE N° 4006/208-ADM-2026.- VISTO, que se hace necesario autorizar a los empleados del Departamento General de Policía, Sargento Soria Carlos Sebastián, Cabo Frías Jimena Anahí y Cabo Cáceres Diego Emmanuel, a trasladarse en misión oficial, vía terrestre, a la provincia de Entre Ríos, el día 13 de septiembre de 2026, con regreso el día 20 de septiembre del mismo año; y CONSIDERANDO: Que la misión oficial tiene por objeto que los citados empleados participen en el "Vº Curso Nacional Teórico-Práctico de Instructores Policiales" Plan Anual de Capacitación Policial por la Escuela de Agentes" organizado por la Policía de la Provincia de Entre Ríos, que tendrá lugar en las instalaciones de la Escuela de Agentes "Pedro F. R. Campbell", provincia de Entre Ríos, los días 14 al 18 de septiembre de 2026. Que a fs. 40 la Dirección de Administración de la repartición, indica que la repartición policial cuenta con crédito presupuestario para atender los gastos de movilidad, para el cumplimiento de la presente misión oficial. Que a efectos de cumplimentar con la aludida misión oficial, se estima procedente el dictado del pertinente instrumento legal. Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°.- Autorízase a los empleados del Departamento General de Policía, Sargento Soria Carlos Sebastián, DNI N° 28.791.223, Cabo Frias Jimena Anahi, DNI N° 39.571.961, y Cabo Cáceres Diego Emmanuel, DNI N° 38.245.418, a trasladarse en misión oficial, vía terrestre, a la provincia de Entre Ríos, el día 13 de septiembre de 2026, con regreso el día 20 de septiembre del mismo año, en atención a lo señalado precedentemente. ARTICULO 2°.- Facúltase a la Dirección de Administración del Departamento General de Policía a proveer a los citados empleados los fondos correspondientes para gastos de pasajes vía terrestre (Tucumán - Entre Ríos - Tucumán). ARTICULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 1° del presente Decreto, en concepto de pasajes, será imputado a las partidas presupuestarias específicas con que al efecto cuenta la Unidad de Organización N° 250 (Departamento General de Policía), del Presupuesto General 2026. ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad. ARTICULO 5°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-

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