DECRETO N° 2190/3 (SH) del 14/09/2026
DECRETO N° 2.190/3 (SH), del 14/09/2026. EXPEDIENTE N° 551/370-C-2026 VISTO que resulta necesario autorizar el traslado a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Sub-Contadora General de la Provincia, CPN Rosa Elena Divarvaro, DNI N° 22.263.533, personal de planta permanente, categoría 23, ya la Jefa de Departamento Compras y Contrataciones de la Subdirección de Asesoramiento Contable, CPN Ana Silvia Nuova, DNI N° 26.028.318, personal de planta permanente, categoría 22, de la Contaduría General de la Provincia, y CONSIDERANDO: Que la medida de referencia tiene por objeto posibilitar que la CPN Rosa Elena Divarvaro y CPN Ana Silvia Nuova, asistan a la Reunión Anual de la Red Federal de Contrataciones Gubernamentales, los días 29 y 30 de septiembre de 2026. Que se hace necesario otorgar la correspondiente autorización de conformidad a las previsiones del Decreto-Acuerdo N° 9/3(ME) del 30 de enero de 2007, y disposiciones modificatorias, dictando el pertinente acto administrativo. Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°. Autorízase, por el motivo expuesto en el Considerando que antecede, a la Sub-Contadora General de la Provincia, CPN Rosa Elena Divarvaro, DNI N° 22.263.533, personal de planta permanente, categoría 23, y a la Jefa de Departamento Compras y Contrataciones de la Subdirección de Asesoramiento Contable, CPN Ana Silvia Nuova, DNI N° 26.028.318, personal de planta permanente, categoría 22, de la Contaduría General de la Provincia, a trasladarse en misión oficial, vía aérea, el 28 de septiembre de 2026, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para participar de la Reunión Anual de la Red Federal de Contrataciones Gubernamentales, los días 29 y 30 de septiembre de 2026, con regreso a la provincia el 30 de septiembre del corriente año. ARTICULO 2°.- Los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, serán imputados a las partidas específicas con que al efecto cuenta la U.O. N° 440 - Secretaria de Estado de Hacienda, del Presupuesto General de 2026. ARTICULO 3°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y Producción y firmado por el señor Secretario de Estado de Hacienda. ARTICULO 4°.- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.