DECRETO N° 2173/7 (SES) del 11/09/2026
Boletin n°: 31.296 - Aviso n°: 275.088 - Fecha Boletín: 05/10/2026

DECRETO Nº 2.173/7 (SES), del 11/09/2026.- EXPEDIENTE Nº 2530/215-DIP-2026.- VISTO, que se hace necesario autorizar a los empleados del Servicio Penitenciario Provincial, Subalcaide Salcedo Nelson Orlando y Suboficial Mayor Paz Luis Antonio, a trasladarse en misión oficial, vía terrestre, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el día 13 de septiembre de 2026, con regreso el día 18 de septiembre del mismo año; y CONSIDERANDO: Que la misión oficial tiene por objeto que los citados empleados participen de las jornadas presenciales del "Curso de Capacitación de Formación Profesional Inicial Asistente en Inteligencia Penitenciaria", organizado por el Servicio Penitenciario Federal, que se desarrollara en las instalaciones del Auditorio de la Dirección Academia Superior de Estudios Penitenciarios "Roberto Pettinato", sito en Humberto Primo N° 378, barrio San Telmo, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los días 14 al 17 de septiembre de 2026. Que a fs. 19 la Dirección de Administración de la repartición, informa el gasto estimativo y la imputación presupuestaria para el cumplimiento de la misión oficial. Que a efectos de cumplimentar con la aludida misión oficial, se estima procedente el dictado del pertinente instrumento legal. Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°.- Autorízase a los empleados del Servicio Penitenciario Provincial, Subalcaide Salcedo Nelson Orlando, DNI N° 35.549.244, y Suboficial Mayor Paz Luis Antonio, DNI N° 22.932.928, a trasladarse en misión oficial, vía terrestre, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el día 13 de septiembre de 2026, con regreso el día 18 de septiembre del mismo año, en atención a lo señalado precedentemente. ARTICULO 2°.- Facúltase a la Dirección de Administración del Servicio Penitenciario Provincial a proveer a los citados empleados los fondos correspondientes para gastos de viáticos y pasajes (Tucumán- Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Tucumán). ARTICULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 1° del presente Decreto, en concepto de viáticos y pasajes, será imputado a las partidas presupuestarias específicas con que al efecto cuenta la Unidad de Organización N° 260 (Dirección General de Institutos Penales) del Presupuesto General 2026. ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad. ARTICULO 5°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-

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