DECRETO N° 2188/5 (MED) del 14/09/2026
DECRETO Nº 2.188/5 (MEd), del 14/09/2026.- EXPEDIENTE Nº 020943/230-I-25.- VISTO la Resolución Ministerial N° 1233/5 (MEd) de fecha 12 de mayo de 2.026, y CONSIDERANDO: Que, por la citada resolución, obrante a fojas 393/395, se propone al Poder Ejecutivo otorgar Aporte Estatal (50 %) al Instituto "República de Croacia", para el Nivel Inicial y Primario conforme en la misma se detalla (artículo 1º) y se deja establecido que el aporte indicado debe ser concedido a partir del periodo lectivo siguiente al otorgamiento del mismo (artículo 2°). Que, a fojas 399, la Dirección General de Presupuesto acompaña la imputación presupuestaria que debe ser tenida en cuenta. Que, en consideración a la intervención del Servicio de Asistencia Social Escolar y de la Dirección de Educación Pública de Gestión Privada y, habiéndose observado en autos las exigencias impuestas por el artículo 83° y concordantes del Decreto N° 2191/14 (SE)-93, a los efectos del otorgamiento del aporte en cuestión, y de acuerdo a lo estipulado por el artículo 85° punto 1) y artículo 88° primer párrafo de la citada normativa, resulta procedente dar continuidad a lo peticionado en autos. Que, el artículo 83° del Decreto N° 2191/14 (SE)-93 establece que: "Con el fin de que los alumnos y sus padres, conforme al artículo 123°, inc. 3° de la Constitución de la Provincia, puedan escoger escuela con libertad absoluta, según su propia conciencia y en igualdad de oportunidades, en el marco de la justicia social y de la libertad de enseñar y aprender garantizada en la Constitución Nacional, el Estado aportará a la financiación de los establecimientos privados con aplicación para ello de la justicia distributiva, de criterios objetivos y adecuado sistema de contralor del uso y destino de los fondos". Que, la institución se encuadra en el artículo 85° inciso I del Decreto N° 2191/14 (SE)-93, por lo que el otorgamiento de aporte se hará efectivo a partir del siguiente periodo lectivo. Por ello, y concordante con lo dictaminado por Fiscalía de Estado a fojas 401/402 (Dictamen Fiscal N° 1444/2026), EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°.- OTÓRGASE al Instituto "República de Croacia", establecimiento de Educación Pública de Gestión Privada, un Aporte Estatal del 50 % (cincuenta por ciento), calculado en la forma prevista en el artículo 85° del Decreto N° 2191/14 (SE)-93, sobre la base de 01 (un) cargo de Director -Código 146-, 01 (un) cargo de Maestra Secretaria -Código 117-, 02 (dos) cargos de Maestro de Nivel Inicial -Código 116-, 06 (seis) cargos de Maestro de Grado -Código 115-, 39 (treinta y nueve) cargos de Maestro Especial-Código 175 (1 hs.)-, 06 (seis) cargos de Maestro de Religión -Código 160 (1 hs.)- y 01 (un) cargo de Personal Auxiliar, para el Nivel Inicial y Primario. ARTICULO 2°.- DÉJASE establecido que el Aporte Estatal, otorgado mediante el artículo precedente, se hará efectivo a partir del periodo lectivo posterior a la firma del presente instrumento, conforme a lo establecido por el artículo 88° del Decreto N° 2191/14 (SE)-93. ARTICULO 3°.- IMPÚTASE la erogación resultante a: Jurisdicción 36: SAF MED - Secretaria de Estado de Gestión Administrativa Ministerio de Educación, Programa 19 - U.O. N° 400: Dirección de Educación Pública de Gestión Privada; Fin/Función 347; Sub-Programa 00; Proyecto 00; Actividad 01 - U.O. N° 400: Dirección de Educación Pública de Gestión Privada; Parto Sub-Parcial 515 - Transferencias a Instituciones de Enseñanza, Financiamiento 10 -Recursos Tesoro General de la Provincia, del Presupuesto General de ejercicios futuros, debiendo el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Educación adoptar las previsiones correspondientes. ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra de Educación y firmado por el señor Secretario de Estado de Gestión Administrativa. ARTICULO 5°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-