DECRETO N° 2200/14 (MGyJ) del 15/09/2026
Boletin n°: 31.296 - Aviso n°: 275.105 - Fecha Boletín: 05/10/2026

DECRETO N° 2.200/14 (MGyJ), del 15/09/2026. EXPEDIENTE N° 1600/110-U-2026.- VISTO, la presentación efectuada por la Unión Obrera Ladrillera de la República Argentina (UOLRA TUCUMAN), Personería Gremial otorgada por Resolución N° 160 de fecha 21/10/1954, con domicilio en calle Muñoz 3611 Localidad Ciudadela, Provincia de Buenos Aires, mediante la cual solicita se otorgue un subsidio, y CONSIDERANDO: Que lo solicitado será destinado a ayudar a las familias ladrilleras de las 20 personas detalladas. Que intervienen la Dirección General de Presupuesto de la Provincia y la Asesoría Letrada del Ministerio de Gobierno y Justicia. Que el Gobierno de la Provincia considera procedente brindar la asistencia económica solicitada, en la medida que las posibilidades del Estado así lo permitan. Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°.- Otórgase un subsidio a los 20 (veinte) personas que se detallan en el listado, que como Anexo Único pasa a formar parte integrante del presente Decreto, por los montos que en cada caso se indica, todo ello a requerimiento de la Unión Obrera Ladrillera de la República Argentina (UOLRA TUCUMAN), Personería Gremial otorgada por Resolución N° 160 de fecha 21/10/1954, con domicilio en calle Muñoz 3611 Localidad Ciudadela, Provincia de Buenos Aires, quedando facultada la Dirección de Administración del Ministerio de Gobierno y Justicia, a emitir la correspondiente Orden de Pago, por la suma total de $ 4.000.000 (pesos cuatro millones), con la finalidad señalada precedentemente. ARTICULO 2°.- Impútase el gasto que demande el presente Decreto a la Jurisdicción 11 - SAF MGJ - DIR. ADM. MIN. GOB Y JUSTICIA - Programa 11 - Unidad de Organización 230 - Ministerio de Gobierno y Justicia - Finalidad/Función 131 - Subprograma 00 - Proyecto 00 - Actividad 01 - Financiamiento 10 - Recurso del Tesoro General de la Provincia - Subparcial 514 - Ayuda Sociales a Personas, la suma de $ 4.000.000, Presupuesto General Vigente. ARTICULO 3°.- Establécese que el pago de la suma de $4.000.000 se hará efectiva a través del Banco Macro S.A.- Cta. Cte. Bancaria N° 360000200983734- Subsidios del Banco Macro S.A, conforme a la Solicitud de Adhesión al Servicio de Pago suscripta con el Banco Macro S.A. en virtud del Decreto N° 106/14 de fecha 18 de Enero 2024, no implicando erogación alguna, en concepto de comisión del servicio para la provincia.- ARTICULO 4°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno y Justicia. ARTICULO 5°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

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