DECRETO N° 2226/3 (SH) del 16/09/2026
DECRETO Nº 2.226/3 (SH), del 16/09/2026. EXPEDIENTE N° 309/385 - I – 2026. VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales el Instituto de Desarrollo Productivo de Tucumán solicita la asignación de recursos financieros destinados a atender el cumplimiento de la Sentencia de fecha 11 de agosto de 2026, dictada en los autos caratulados: "Salas Crespo Natalia María c/ Instituto de Desarrollo Productivo s/ Cobros (Ordinario) - Expte. N° 431/24"; y CONSIDERANDO: Que mediante el pronunciamiento judicial citado, se ha dispuesto una obligación a cargo del Instituto de Desarrollo Productivo de Tucumán, resultando necesario arbitrar los medios financieros y presupuestarios conducentes a su efectivo cumplimiento. Que, a tal efecto, corresponde efectuar una adecuación presupuestaria, incrementando en la Jurisdicción correspondiente al organismo, el Recurso N° 18.111, con la estructura de gastos necesaria. Que, asimismo, resulta procedente otorgar al citado organismo un Aporte Financiero No Reintegrable por la suma de $34.500.000.-, destinado a atender las obligaciones derivadas del cumplimiento de la sentencia judicial de referencia. Que, en consecuencia, corresponde autorizar a la Dirección de Administración del Ministerio de Economía y Producción a emitir la respectiva Orden de Pago, con cargo a la partida subparcial que se indica. Que a tal fin, corresponde dictar la respectiva medida administrativa teniendo en cuenta las previsiones de la Ley N° 9942 - Presupuesto General 2026 -, y lo informado por Contaduría General de la Provincia a foja 20, la Dirección General de Presupuesto a foja 21/22, y Tesorería General de la Provincia a foja 23. Por ello, y atento al pronunciamiento legal de la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Estado de Hacienda a foja 24, y al Dictamen Fiscal N° 1470 del 31 de agosto de 2026, adjunto a foja 26/27 de estos actuados, EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO DECRETA ARTICULO 1°.- Efectúase la siguiente adecuación presupuestaria: Todo del Presupuesto General 2026, Jurisdicción 50: SAF Obligaciones a Cargo del Tesoro: - EXTRAÉSE del Programa 93: Erogaciones Varias, Finalidad/Función 199, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 03: Créditos Adicionales, Financiamiento 10: Recursos Tesoro General, de la Provincia, Partida Subparcial 399: Otros no especificados precedentemente, por la suma de PESOS TREINTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL ($34.500.000.-). - INCREMÉNTASE, Programa 97: Transferencias a Organismos Descentralizados y Autárquicos que Consolidan, Finalidad/Función 199, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 12; Transferencias Figurativas al I.D.E.P., Financiamiento 10: Recursos Tesoro General de la Provincia, la Partida Subparcial 912: Contribuciones a Instituciones Descentralizadas y Autárquicos que Consolidan, por la suma de PESOS TREINTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL ($34.500.000.-) Como consecuencia de ello: - INCREMÉNTASE en la Jurisdicción 83: Instituto de Desarrollo Productivo, el Recurso 18.111: de la Administración Central Provincial, por la suma de PESOS TREINTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL ($34.500.000.-), Y la siguiente estructura de gastos: programa 11: U.O. N° 991 - Instituto de Desarrollo Productivo, Finalidad/Función 450, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 01 - U.O. N° 991 - Instituto de Desarrollo Productivo, Financiamiento 10, Recursos Tesoro General de la Provincia (Figurativo 18111), incorporando la Partida Subparcial 387: Juicios y Mediaciones, por la suma de PESOS TREINTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL ($34.500.000.-) ARTICULO 2°.- Exceptúase de las disposiciones del Artículo 1° del Decreto N° 1/3 (S.H.) del 5 de enero de 2026, la suma de PESOS TREINTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL ($34.500.000.-), correspondiente a la Partida Principal 300: Servicios no Personales. ARTICULO 3°.- Otórgase un Aporte No Reintegrable al INSTITUTO DE DESARROLLO PRODUCTIVO DE TUCUMAN por la suma de PESOS TREINTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL ($34.500.000.-), para atender las obligaciones derivadas del cumplimiento de la sentencia judicial dictada en el juicio: "Salas Crespo Natalia María c/ Instituto de Desarrollo Productivo s/ Cobros (Ordinario) - Expte. N° 431/24" ARTICULO 4°.- Autorízase a la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCIÓN a emitir la correspondiente orden de pago a favor del INSTITUTO DE DESARROLLO PRODUCTIVO DE TUCUMAN, con imputación a la Jurisdicción 50 - SAF OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO, Programa 97 - Transferencias a Organismos Descentralizados y Autárquicos que Consolidan, Finalidad/Función 199, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 12 - Transferencias Figurativas al I.D.E.P., Partida Subparcial 912 Contribuciones a Instituciones Descentralizadas y Autárquicos que Consolidan, Financiamiento 10: Recursos Tesoro General de la Provincia, del Presupuesto General 2026. ARTICULO 5°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y Producción, y firmado por el señor Secretario de Estado de Hacienda. ARTÍCULO 6°.- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.