DECRETO N° 2203/1 (SEGPYP) del 15/09/2026
Boletin n°: 31.297 - Aviso n°: 275.141 - Fecha Boletín: 06/10/2026

DECRETO N° 2.203/1 (SEGPyP), del 15/09/2026. Expte. N° 1014/130-P-2026 VISTO, las presentes actuaciones mediante las cuales la señora Subsecretaria de Gestión Pública de la Secretaría de Estado de Gestión Pública y Planeamiento Dra. Mónica María Fernanda Molina Gistas - DNI N° 24.503.841, solicita autorización para trasladarse en misión' oficial, vía aérea, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el día 23 de septiembre del corriente año con regreso el día 24 del mismo mes y año; y CONSIDERANDO: Que el mencionado viaje se efectuará a fines de participar del cierre del Trayecto Formativo II del Programa de Fortalecimiento de Capacidades para la Gestión Pública (FCGP), una iniciativa de la Escuela Federal de Desarrollo del Consejo Federal de Inversiones (CFI), diseñada en alianza con el Centro Latinoamericano de Administración para el Desarrollo (CLAD). Que los gastos de pasajes y el alojamiento correspondientes al presente viaje serán cubiertos por el Consejo Federal de Inversiones (CFI), por lo que restarla sólo reconocer el gasto en concepto de viáticos. Que atento ello, corresponde se emita el instrumento legal respectivo que autorice la misión oficial. Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°.- Autorízase a trasladarse –vía aérea- en misión oficial a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la señora Subsecretaria de Gestión Pública - Dra. Mónica María Fernanda Molina Gistas - DNI N° 24.503.841 - el día 23 de septiembre del corriente año con regreso el día 24 del mismo mes y ano, de acuerdo a lo considerado precedentemente. ARTICULO 2°.- El gasto que demande lo dispuesto en el presente instrumento legal deberá imputarse a: Jurisdicción 04 SAF GSGG Dirección de Administración y Despacho de la Secretaria de Estado de Gestión Pública y Planeamiento, Finalidad/Función 347, Programa 11 - Unidad de Organización N° 160 -, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 01, Partida Presupuestaria 372, Fuente de Financiamiento 10, del Presupuesto General 2026. ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y Producción y firmado por el señor Secretario de Estado de Gestión Pública y Planeamiento. ARTICULO 4°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

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