ACUERDO N° 3766/ (TC) del 01/10/2026
Boletin n°: 31.297 - Aviso n°: 275.145 - Fecha Boletín: 06/10/2026

TRIBUNAL DE CUENTAS. ACUERDO N° 3766, del 01/10/2026. VISTO: El Expediente N° 1008-270-RCCR-26 y agregado, en el que por Acuerdo N° 2745 de fecha 29 de Julio de 2026 (fs. 28/29) se dispuso iniciar un Juicio de Cuentas al Sr. GONZALEZ, JOSE EMILIO DNI N° 37.956.311, Comisionado Comunal y al Sr. ESQUENDEFE, MOISES LUCIANO DNI N° 31.127.377, Secretario Habilitado, de la Comuna Rural de VILLA CHICLIGASTA, por la falta de regularización de los Comprobantes de Observación N° 2937 (1° Bimestre 2025) por la suma $135.547.678,80, y N° 2972 (2° Bimestre de 2025) por la suma de $90.532.220,17.; y CONSIDERANDO: Que a fs. 30/31 obran las notificaciones del Acuerdo N°2745 de fecha 29 de Julio de 2026, legalmente diligenciadas. Ya en el marco del Juicio de Cuentas, a fs. 32 vta., la instrucción dispone citar a las responsables, a tomar intervención y constituir domicilio de ley, bajo apercibimiento de rebeldía, estando debidamente notificados en fecha 04 de Agosto de 2026, conforme surge de las cedulas agregadas a fs. 33 y 34.A fs. 35 obra Dictamen Nº 2577/26 de Asesoría Jurídica. Encontrándose vencido el plazo que acuerda la ley, ante la incomparecencia del Sr. González, José Emilio, DNI. 37.956.311 y del Sr. Esquendefe Moisés Luciano, DNI. 31.127.377, habiendo sido fehacientemente notificados del juicio de marras y de su obligación de comparecer a estar a derecho, en resguardo del debido proceso legal y la defensa en Juicio, atento el estado de la causa, corresponde declarar la Rebeldía de los mismos, a tenor de lo prescripto por el Art. 183 de la Ley 6970 de Administración Financiera. Por ello, en ausencia del Sr. Vocal Dr. Sergio Miguel Díaz Ricci, por encontrarse de licencia conforme Acta N° 62/2026; EL TRIBUNAL DE CUENTAS ACUERDA ARTICULO 1°: DECLARAR LA REBELDIA del Sr. GONZALEZ, JOSE EMILIO DNI N° 37.956.311, Comisionado Comunal y del Sr. ESQUENDEFE, MOISES LUCIANO DNI N° 31.127.377, Secretario Habilitado, ambos de la Comuna Rural de VILLA CHICLIGASTA en el periodo respectivo, en el Juicio de Cuentas dispuesto por Acuerdo N° 2745 de fecha 29 de Julio de 2026, conforme lo expuesto en los considerandos que anteceden. ARTICULO 2°: Publíquese en el Boletín Oficial por un (1) día, agréguese, y vuelva a la instrucción. ARTICULO 3º: Comuníquese y oportunamente archívese.

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