DECRETO N° 2220/7 (SES) del 15/09/2026
DECRETO N° 2.220/7 (SES), del 15/09/2026. VISTO, que se hace necesario autorizar a los empleados del Departamento General de Policía, Cabo 1° Brito Silvio Jesús y Cabo 1° Ruiz Fernando Antonio, a trasladarse en misión oficial, vía terrestre, a la provincia de Buenos Aires, el día 19 de septiembre de 2026, con regreso el día 30 de septiembre del mismo año; y CONSIDERANDO: Que la misión oficial tiene por objeto que los citados empleados participen en el curso de capacitación "Operaciones Policiales Motorizadas", organizado por la Dirección de Infantería de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, a desarrollarse desde el 21 al 28 de septiembre de 2026. Que la Dirección de Administración de la repartición informa que el cursado es de carácter interno, por lo que la organización anfitriona proveerá alojamiento durante el cursado, quedando a cargo del cursante el racionamiento, correspondiendo reconocer los gastos de pasajes y 50% de los viáticos, para el cumplimiento de la presente misión oficial. Que a efectos de cumplimentar con la aludida misión oficial, se estima procedente el dictado del pertinente instrumento legal. Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°.- Autorízase a los empleados del Departamento General de Policía, Cabo 1° Brito Silvio Jesús, DNI N° 31.254.514, y Cabo 1° Ruiz Fernando Antonio, DNI N° 34.185.341, a trasladarse en misión oficial, vía terrestre, a la provincia de Buenos Aires, el día 19 de septiembre de 2026, con regreso el día 30 de septiembre del mismo año, en atención a lo señalado precedentemente. ARTICULO 2º.- Facúltase a la Dirección de Administración del Departamento General de Policía a proveer a los citados empleados los fondos correspondientes para gastos de pasajes vía terrestre (Tucumán - Buenos Aires - Tucumán) y 50% de los viáticos. ARTICULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 1° del presente Decreto, en concepto de pasajes y 50% de viáticos, será imputado a las partidas presupuestarias específicas con que al efecto cuenta la Unidad de Organización N° 250 (Departamento General de Policía), del Presupuesto General 2026. ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad. ARTICULO 5°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-