RESOLUCIONES N° 413 (DPJ) del 25/09/2026
DIRECCION DE PERSONAS JURIDICAS. RESOLUCION Nº 413 /2026 DPJ, del 25/09/2026. VISTO: Los antecedentes obrantes en legajo de la entidad "CLUB SOCIAL DEPORTIVO Y CULTURAL CAJA POPULAR DE AHORROS", con domicilio legal en la ciudad de San Miguel de Tucumán; y, CONSIDERANDO: Que la entidad obtuvo personería jurídica mediante Decreto 581/ de fecha 06/11/1944 encontrándose por ende bajo el control de esta Dirección. - Que, de las constancias obrantes surge que la referida institución se encuentra en un estado de IRREGULAR FUNCIONAMIENTO, registrando sus últimas autoridades con mandatos vencidos al 06/08/2020. Que, asimismo, la entidad adeuda documental contable y asamblearia correspondientes a los períodos desde el 31/07/2018 a la actualidad. Que, por Expediente Nº 6421/211/2025 y expte 854/211/2026, la entidad procedió a realizar la presentación formal de la documentación contable adeudada que oportunamente le fuera requerida. Las áreas intervinientes constataron que la institución carece del Libro de Asociados debidamente rubricado por esta autoridad - pérdida comunicada en expte 6421/211/2025 , lo que impide determinar de forma fehaciente la composición y vigencia de su padrón social por las vías ordinarias. Que, atento a la modalidad de cobro de la cuota social mediante el sistema de descuento por planilla de haberes, por Expediente Nº 2987/211/2026 se dispuso librar oficio de requerimiento a la CAJA POPULAR DE AHORROS DE LA PROVINCIA DE TUCUMÁN, con el objeto de que adjunte el convenio de recaudación celebrado con el Club y remita las planillas oficiales de retención o descuento. Que, en respuesta a dicho requerimiento en fecha 10 de septiembre de 2026, el Interventor del citado organismo provincial procedió a remitir el convenio firmado entre la Caja Popular de Ahorros y el Club (obrante a Fojas 08 y 09), conjuntamente con el listado oficial de los empleados a quienes se les efectuaron las retenciones en concepto de haberes correspondientes al mes de julio de 2026 (obrante a Fojas 10 a 23). Que, por consiguiente, a la fecha de la presente, el padrón de empleados provisto por el órgano recaudador constituye el único universo de asociados del cual se posee certeza y veracidad registral respecto al cumplimiento de sus obligaciones sociales. Que, a los fines de garantizar la transparencia y la máxima participación democrática en el proceso de regularización, corresponde determinar que para la Primera Asamblea que se convoque, participarán inicialmente los asociados registrados en el padrón remitido por el órgano recaudador- Fs. 10 a 22 doble faz y fs. 23.- Que, con posterioridad a dicho acto, la Junta Electoral que resulte designada en la referida Asamblea procederá a confeccionar el padrón definitivo. A tal fin, deberá efectuar obligatoriamente un llamado a ACTUALIZACIÓN del mismo orientado a los restantes asociados que no revistan la condición de empleados de la Caja Popular de Ahorros, (Artículo 9 Inciso B, y C).- Que los mismos deberán concurrir ante la junta munidos de su Documento Nacional de Identidad (DNI) y de los comprobantes idóneos que acrediten de forma fehaciente su condición de asociados para la posterior exhibición del padrón definitivo Que, finalmente, corresponde disponer que durante el desarrollo del calendario electoral y con posterioridad al mismo, las autoridades que resulten legítimamente elegidas procedan a regularizar de manera inmediata la rúbrica de los libros sociales obligatorios, la debida confección de la planilla de asociados, normalizando así el funcionamiento institucional. Por ello de conformidad a lo dictaminado por las áreas competentes y lo dispuesto por Ley 8367 y Dcto 2942/1-11 LA DIRECCION DE PERSONAS JURÍDICAS RESUELVE: ARTÍCULO 1º: CONVOCAR a Asamblea General Ordinaria de la Asociación Civil “CLUB SOCIAL DEPORTIVO Y CULTURAL CAJA POPULAR DE AHORROS" en su domicilio de calle Bolívar Nro. 1335 de San Miguel de Tucumán para el día 10/10/2026 a las 9:00 hs., para tratar el siguiente Orden del Día: 1. Designación del Presidente de la Asamblea. 2. Designación de dos asociados para firmar el acta. 3. Lectura del presente instrumento. 4. Explicación sobre la falta de celebración de asambleas en término. 5. Tratamiento de la situación de los libros sociales obligatorios rubricados. 6. Consideración de Memorias, Balances, Inventarios e Informes de la Comisión Revisora de Cuentas de los ejercicios cerrados al 31/07/2018 a la actualidad. 7. Fijación o ratificación del monto de la cuota social. 8. Elección de Junta Electoral (3 miembros titulares y 3 suplentes) para establecer el calendario electoral, que incluirá: a) Llamado de actualización de Asociados ( 3 días ) vitalicios y activos jubilados. b) Confección del Padrón Electoral con la planilla de asociados aportados por la Caja popular y actualización de los restantes asociados c) Recepción y resolución de impugnaciones al padrón (previa vista). d) Recepción de listas de candidatos e ) Impugnación a listas y resolución (previa vista). f ) Oficialización de listas. g ) Control del escrutinio y proclamación en asamblea. ARTÍCULO 2º: CONVOCAR a los asociados en el mismo domicilio para el día 07/11/2026 a fin de realizar: 2.1. Elección de autoridades (Comisión Directiva y sindicatura), de horas 9:00 a horas 18:00. 2.2. A las 18:30 hs., Asamblea General Ordinaria para: A) Proclamación de autoridades electas o de la única lista presentada; B) Designación de dos asociados para firmar el acta. ARTÍCULO 3º: LIBRAR edicto para su publicación por un (1) día en el Boletín Oficial de la Provincia con el orden del día de los artículos anteriores ARTICULO 4º.- ORDENAR a la Junta Electoral que sea designada en la Primera Asamblea a proceder a la confección del padrón definitivo de la institución, debiendo formalizar y ejecutar de manera obligatoria un llamado para la ACTUALIZACION de padrón en lo que respecta a todos aquellos asociados vitalicios (Art. 9 inc. b) y jubilados (Art. 9 inc. c) y que no formen parte del listado de empleados de la Caja Popular de Ahorros. ARTÍCULO 5º.- DISPONER que para participar del proceso de actualización de padrón asociados en lo que respecta a asociados vitalicios (Art. 9 inc. b) y jubilados (Art. 9 inc. c) y que no formen parte del listado de empleados de la Caja Popular de Ahorros, los interesados deberán concurrir ante la Junta Electoral munidos de su Documento Nacional de Identidad (DNI) y de los comprobantes originales que acrediten de forma indubitable su condición de asociado. ARTÍCULO 6º: INDICAR a la junta electoral actuante que deberá presentar la documentación de cada asamblea dentro de los quince (15) días desde la celebración de la segunda y a las autoridades que resulten electas a regularizar la rúbrica de los libros sociales obligatorios ante esta Dirección en el plazo de 30-treinta días corridos desde su asunción .- ARTÍCULO 7º: NOTIFICAR, Publicar registrar y archivar