DECRETO N° 2270/3 (SH) del 18/09/2026
DECRETO N° 2.270/3 (SH), del 18/09/2026. EXPEDIENTE N° 6346/326-D-2026 VISTO el presente expediente mediante el cual la Dirección Provincial de Vialidad solicita un Aporte Financiero No Reintegrable; y CONSIDERANDO: Que lo solicitado será destinado a la continuidad de la obra "Ruta Provincial N° 323 - Tramo San Ramón Intersección R.N. N° 157 - Santa Rosa de Leales intersección R.P. N° 306". Que en consecuencia corresponde proceder de conformidad a lo tramitado, dictando la medida administrativa tendiente a autorizar a la Dirección de Administración del Ministerio de Economía y Producción a emitir la respectiva orden de pago, teniendo en cuenta los informes emitidos por la Dirección de Programación Económica del Ministerio de Economía y Producción a fs. 4, Contaduría General de la Provincia a fs. 5, Dirección General de Presupuesto a fs. 6 y la Tesorería General de la Provincia a fs. 9. Por ello, atento al pronunciamiento legal de la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Estado de Hacienda a fs. 8 y el Dictamen Fiscal N° 1479 del 2 de setiembre de 2026, obrante a fs. 11 de estos actuados, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1º.- OTÓRGASE a la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD un Aporte Financiero No Reintegrable, por la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES ($250.000.000.-), que será destinado a la continuidad de la obra "Ruta Provincial N° 323 - Tramo San Ramón Intersección R.N. N° 157 - Santa Rosa de Leales intersección R.P. N° 306". ARTICULO 2°.- AUTORIZASE a la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL MINISTERIO DE ECONOMIA y PRODUCCIÓN a emitir la respectiva orden de pago, a favor de la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD, por la suma y el concepto citados en el artículo precedente; e imputar a la Jurisdicción 50: SAF OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO, Programa 97: Transferencias a Organismos Descentralizados y Aut. Consol, Finalidad/Función 199, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 01: Transferencias Figurativas a la DIR. PROV. VIALIDAD, Partida Subparcial 922: Contribuciones a Inst. Desc. y Autárq. que Consolidan, Financiamiento 10: Recursos Tesoro General de la Provincia, del Presupuesto General 2026. ARTICULO 3°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y Producción, y firmado por el señor Secretario de Estado de Hacienda. ARTICULO 4°.- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.