DECRETO N° 2285/14 (MGyJ) del 18/09/2026
Boletin n°: 31.301 - Aviso n°: 275.282 - Fecha Boletín: 13/10/2026

DECRETO N° 2.285/14 (MGyJ), del 18/09/2026. EXPEDIENTE N° 1.727/110-A-2026.- VISTO, la presentación efectuada por el Arzobispado de Tucumán, con domicilio en Avenida Sarmiento N° 895, de esta ciudad, mediante la cual solicita se le otorgue un subsidio; y CONSIDERANDO: Que lo solicitado tiene como objeto solventar gastos técnicos (sonido, iluminación, escenario y grupo electrógeno), con motivo de la Fiesta de Nuestra Señora de la Merced, Patrona de la Arquidiócesis de Tucumán, que tendrá lugar en esta ciudad el día jueves 24 de septiembre del corriente año, con realización de la procesión desde la Plaza Belgrano hasta la Iglesia Catedral de Tucumán y culminando con la celebración de la Santa Misa. Que intervienen la Dirección General de Presupuesto de la Provincia y la Asesoría Letrada del Ministerio de Gobierno y Justicia. Que en razón de lo expuesto el Gobierno de la Provincia considera procedente brindar la asistencia económica solicitada. Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°: Otórgase al Arzobispado de Tucumán, con domicilio en Avenida Sarmiento N° 895, de esta ciudad, CBU N° 0070357220000003139657, del Banco Galicia y Buenos Aires S.A.U., un subsidio con cargo de oportuna rendición de cuentas, por la suma total de $ 25.360.000 (pesos veinticinco millones trescientos sesenta mil), quedando facultada la Dirección de Administración del Ministerio de Gobierno y Justicia a emitir la correspondiente Orden de Pago, con la finalidad señalada precedentemente. ARTICULO 2°.- Impútase el gasto que demande el presente Decreto a la Jurisdicción 11 - SAF MGJ - DIR. ADM. MIN. GOB Y JUSTICIA - Programa 11 - Unidad de Organización 230 - Ministerio de Gobierno y Justicia - Finalidad/Función 131 - Subprograma 00 - Proyecto 00 - Actividad 02 - Transferencia Arzobispado de Tucumán, Financiamiento 10 - Recurso del Tesoro General de la Provincia - Partida Subparcial 517 Transferencias a otras Instituciones Culturales y Sociales sin fines de Lucro, la suma de $ 25.360.000 - Presupuesto General vigente. ARTICULO 3°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno y Justicia. ARTICULO 4°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-

Volver