DECRETO N° 2309/3 (SH) del 22/09/2026
Boletin n°: 31.301 - Aviso n°: 275.293 - Fecha Boletín: 13/10/2026

DECRETO N° 2.309/3 (SH), del 22/09/2026.- EXPEDIENTE N° 13180/425-DA-2026.- VISTO las presentes actuaciones, mediante las cuales el Ministerio de Desarrollo Social gestiona la incorporación, al Presupuesto General 2026, de los fondos reintegrados a la Cuenta Corriente N° 360000002253785 - "S.G.P. Plan Nacional de Seguridad Alimentaria - Contraparte Provincial", registrados en el Recurso N° 12997 - Recurso a Clasificar; y CONSIDERANDO: Que los fondos de referencia fueron registrados en el citado recurso por constituir dicho recurso la instancia presupuestaria correspondiente para la registración de los fondos ingresados, mientras se determina la naturaleza del ingreso y su correspondiente imputación al recurso presupuestario definitivo. Que, habiéndose determinado que los fondos en cuestión corresponden al Recurso N° 12923, resulta necesario proceder a su incorporación al Presupuesto General 2026, mediante la creación de la estructura presupuestaria pertinente, a fin de posibilitar su correcta registración e imputación presupuestaria. Que, asimismo, a efectos de dar curso a lo solicitado, resulta necesario disponer la excepción a las disposiciones del Artículo 1° del Decreto N° 1/3 (SH) de fecha 5 de enero de 2026 y del Artículo 1° de la Resolución N° 36/SH-2026, modificada por la Resolución N° 854/SH-2026. Que corresponde dictar la pertinente medida administrativa, de conformidad con lo establecido por el Artículo 13, inciso a), de la Ley N° 9942 - Presupuesto General 2026, que faculta al Poder Ejecutivo, con comunicación a la Honorable Legislatura, a incrementar el Presupuesto General para incorporar las partidas de recursos y/o financiamiento y sus respectivas erogaciones en los Organismos Centralizados, Organismos Descentralizados y Autárquicos que consolidan, y en el Plan de Trabajos Públicos, cuando se produjeran incrementos de los recursos y/o financiamiento, se generen nuevos recursos o surjan nuevas fuentes de financiamiento no previstas en la ley. Por ello, y atento a lo informado por la Dirección General de Presupuesto a foja 24, Contaduría General de la Provincia a foja 26, la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Estado de Hacienda a foja 28, y al Dictamen Fiscal N° 1190 del 20 de julio de 2026, adjunto a fojas 30/31, de estas actuaciones, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°.- Increméntase el Presupuesto General 2026, en la Jurisdicción 33 - SAF MDS DIR. DE ADM. MIN. DESARROLLO SOCIAL, Programa 44 - CE N° 826.8 - Plan Nac. de Seg. Alim - El Hambre Más Urgente, Finalidad/Función 320, Subprograma 00, Proyecto 00, y la Actividad 25 - C.E N° 826.8 - - Plan Nac. de Seg. Alim - El Hambre Más Urgente, incorporando el Recurso 12923 - Devolución de Gastos de CE, por la suma de PESOS MIL NOVECIENTOS TRECE MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL CIENTO DOCE CON SETENTA CENTAVOS( $ 1.913.837.112,70) y la siguiente Partida Subparcial: 514 - Ayudas Sociales a Personas $ 1.913.837.112,70.- Asimismo, exceptúase la suma incrementada de las disposiciones del Artículo 1° del Decreto N° 1/3 (SH) del 5 de enero de 2026 y del Artículo 1° de la Resolución N° 36/SH- 2026, modificada por la Resolución N° 854/SH-2026. ARTICULO 2°.- Comuníquese a la Honorable Legislatura de la Provincia, en virtud de lo dispuesto por el Artículo 13 inciso a) de la Ley N° 9942 - Presupuesto General 2026. ARTICULO 3°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y Producción, y firmado por el señor Secretario de Estado de Hacienda. ARTICULO 4°.- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-

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