DECRETO N° 2318/14 (MGyJ) del 22/09/2026
DECRETO N° 2.318/14 (MGyJ), del 22/09/2026.- EXPEDIENTE N° 1019/200-E-2026.- VISTO estas actuaciones por las cuales ex-empleados y obreros de los ex-Talleres Ferroviarios de Tafí Viejo, solicitan la asignación prevista en las disposiciones de la Ley N° 7.553 (Texto Consolidado), y CONSIDERANDO: Que a fs. 27, la Dirección de Administración del Ministerio de Gobierno y Justicia expresa que se practicó una consulta individualizada de cada uno de los beneficiarios a través de la web de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES), no registrándose novedades en la nómina de personas liquidadas, y agrega listado del ex-personal del ex-Talleres Ferroviarios de Tafí Viejo, relacionado con el cálculo de la liquidación correspondiente a los periodos de mayo a septiembre de 2.026. Que por Decreto N° 3/14 (MGyJ) de fecha 5 de Enero de 2026, se dispone la prórroga de otorgamiento de subsidios. Que a fs. 28, obra informe e imputación presupuestaria de la Dirección General de Presupuesto. Por ello; de conformidad con lo dictaminado por Asesoría Letrada del Ministerio de Gobierno y Justicia a fs. 29, Dictamen N° 1724 de fecha 21/09/2026 EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°.- Otorgase a los 02 (dos) ex-empleados y obreros de los ex-Talleres Ferroviarios de Taf Viejo, que se detallan en el listado que como Anexo Único pasa a formar parte del presente decreto, un subsidio por el monto que en cada caso se indica en concepto de asignación mensual no contributiva prevista en la Ley N° 7.553, por la suma total de $ 869.549 (pesos ochocientos sesenta y nueve mil quinientos cuarenta y nueve) correspondiente a los periodos de mayo a septiembre de 2.026.- ARTICULO 2°.- Establécese que el pago se hará efectivo a través del Banco Macro S.A.- Cta. Cte. Bancaria N° 360000200983734 - Subsidios del Banco Macro S.A, conforme a la Solicitud de Adhesión al Servicio de Pago suscripta con el Banco Macro S.A. en virtud del Decreto N° 106/14 de fecha 18 de Enero 2024, no implicando erogación alguna, en concepto de comisión del servicio para la provincia. Quedando facultada la Dirección de Administración del Ministerio de Gobierno y Justicia a emitir la correspondiente orden de pago.- ARTICULO 3°.- Impútase la erogación dispuesta por el Art. 1° a la Jurisdicción 11, SAF MGJ - DIR ADM MIN. GOB. Y JUSTICIA, - Programa 11, Unidad de Organización 230, Ministerio de Gobierno y Justicia, Finalidad/Función 131, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 01, Financiamiento 10, Recursos del Tesoro General de la Provincia, Partida Subparcial 514 Ayudas Sociales a Personas por la suma de $ 869.549, del Presupuesto General vigente.- ARTICULO 4°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno y Justicia.- ARTICULO 5°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.- ANEXO UNICO Orden Apellido y Nombre D.N.I. N° Monto 1- Roldan Elizabeth del Valle 21.138.247 $ 416.443 2- Vera Sergio Luis 17.574.564 $ 453.106.-