DECRETO N° 2401/3 (MEyP) del 01/10/2026
Boletin n°: 31.304 - Aviso n°: 275.380 - Fecha Boletín: 16/10/2026

DECRETO N° 2.401/3 (MEyP), del 01/10/2026. EXPEDIENTE N° 8200/376-D-2026 VISTO las presentes actuaciones, mediante las cuales la Dirección General de Rentas gestiona la autorización para contratar -en forma directa- el servicio de distribución postal (carta certificada con aviso de retorno) con el Correo Oficial de la República Argentina SA, hasta la cantidad total de 2400 unidades y por el término de 6 meses, por un monto total estimado de $101.768.232.-, y CONSIDERANDO: Que, el Servicio Administrativo Financiero de la repartición manifiesta a fs. 1, la necesidad de contar en forma permanente con el servicio requerido, teniendo en cuenta las notificaciones que realiza el Departamento Recaudación de la DGR, sector de la repartición que tramita inscripciones de oficio en el Régimen del Convenio Multilateral (para impuesto sobre los Ingresos Brutos) a contribuyentes domiciliados fuera de la Jurisdicción Tucumán, además de las misivas que remiten las otras oficinas, las que impactan considerablemente en el incremento de la recaudación de la Provincia. Que, asimismo, el Servicio Administrativo y Financiero de la DGR informa que el monto total de la contratación, surge de proyectar el envío de 2400 unidades postales, a un precio unitario -para el mes de octubre de 2026- de $ 42.403,43, cuyo ajuste mensual se actualizará conforme al Indice de Precios del Consumidor IPC publicado por el INDEC, a partir del mes de noviembre del corriente año. Que a fs. 03/05 se agrega solicitud de contratación y sus anexos I y II, a fs. 06/15 propuesta económica del servicio requerido con las condiciones operativas del servicio presentada por la firma Correo Oficial de la República Argentina SA (Correo Argentino), agregándose a fs. 18/56 documentación social e impositiva de la firma oferente, con copias debidamente certificadas y legalizadas. Que a fs. 60 la Directora General de Rentas solicita autorización para la contratación directa del servicio, en el marco del Art. 59 incs. 2) y 8) de la Ley 6970 (de Administración Financiera) y arts. 92° b) y 94° del Decreto Acuerdo 22/1-2009, dando su conformidad a fs. 71 el Secretario de Estado de Hacienda. Que a fs. 61 interviene el Departamento de Asesoramiento Contable de la Contaduría General de la Provincia. Que a fs. 64 la Dirección General de Presupuesto indica la partida presupuestaria que absorberá el gasto correspondiente. Que el presente caso se encuadra en las disposiciones del Artículo 59° (inc. 2 y 8) de la Ley N° 6970 de Administración Financiera, Decreto Acuerdo N° 22/1- 2009 y en la escala de contrataciones dispuesta por Decreto N° 995/3 (MEyP)-2026 y su rectificatorio Decreto N° 1003/3 (MEyP)-2026, dictando a tal efecto la pertinente medida administrativa. Por ello, yen mérito al Dictamen Fiscal N° 1619 del 15 de septiembre de 2026, obrante a fs. 66/69 de autos, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°: Autorízase a la Dirección General de Rentas a contratar -en forma directa- con la firma Correo Oficial de la República Argentina S.A. CUIT N° 30-70857483-6 el Servicio de Distribución Postal - Carta Certificada con Aviso de Retorno por el término de seis (6) meses y por hasta la cantidad de dos mil cuatrocientos (2400) unidades, desde el 1 de octubre de 2026, con un precio unitario para Carta Certificada (CC/AR 150 grs.) de PESOS CUARENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS TRES CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS ($ 42.403,43) para el período octubre/2026, con actualización mensual a partir del mes de noviembre de 2026 conforme al Indice de Precios del Consumidor (IPC) publicado por el INDEC, de conformidad a la propuesta económica de fs. 06/09, a las previsiones del Art. 59° (inc. 2 y 8) de la Ley N° 6970 de Administración Financiera, Art. 94° del Decreto Acuerdo N° 22/1-2009 y a la escala de contrataciones dispuesta por Decreto Nº 995/3 (MEyP)-2026 y su rectificatorio Dcto. N° 1003/3 (MEyP)-2026, dejándose establecido que el servicio deberá ser facturado en función de la efectiva prestación del mismo. ARTICULO 2°: Impútese a la jurisdicción 19 -SAF ME DEP. SERV. ADM. FIN. DIR. GRAL. DE RENTAS-, Programa 11 -U.O. N° 490 -Dirección General de Rentas-, Finalidad/Función 160, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 01 -Partida Subparcial 315 -Correos y Telégrafos - Fuente de Financiamiento 10 -Recursos Tesoro General de la Provincia- del Presupuesto General 2026, por la suma estimada de PESOS CINCUENTA MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CIENTO DIECISÉIS ($ 50.884.116), quedando facultado el Servicio Administrativo Financiero de la Dirección General de Rentas a emitir la correspondiente orden de pago mensual en función a la efectiva prestación del servicio, debiendo efectuar las previsiones presupuestarias necesarias para el ejercicio presupuestario 2027 por el monto estimado de PESOS CINCUENTA MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CIENTO DIECISÉIS ($ 50.884.116). ARTICULO 3°: El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y Producción. ARTICULO 4°: Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

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